Boletines/Chascomús

Decreto Nº668/24

Decreto Nº 668/24

Chascomús, 06/08/2024

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00025991-CHASCOMUS-MESA#SG caratulado “Solicitud de Subsidio para alquiler. Expte. 164706”; y

Considerando

Que al orden 13 del Expediente Administrativo luce Informe Social, realizado por la Dirección de Políticas Comunitarias del cual surge que la peticionante reside en el inmueble junto a su hijo, que ante un aumento en el valor del canon locativo, no puede afrontar el mismo, ya que se encuentra sin trabajo y sin ningún tipo de ingreso, concluyendo el mismo dar curso favorable a lo solicitado.

Que se agrega copia Contrato de Alquiler, Constancia de CBU, y Titulo de Propiedad.

Que en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado hacer lugar al otorgamiento del subsidio peticionado por GUZMÁN Natalia Romina a fin de afrontar el pago del alquiler del inmueble sito en calle Chacabuco N° 23 por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) correspondiente a los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del corriente año.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Otórguese subsidio para afrontar el pago del alquiler del inmueble sito en calle Chacabuco N° 23,  de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) pagaderos en 3 cuotas iguales y consecutivas de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) correspondiente a los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del año 2024, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.04.00, Partida 5.1.4.0, Fuente 132 Fortalecimiento de Programas Sociales.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaria de Desarrollo Social, Contaduría, Tesorería y beneficiaria.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-