Boletines/Chascomús
Decreto Nº 663/24
Chascomús, 01/08/2024
DECLARAR DDE NTERESEDUCATIVO Y AYUDA A LINEA EXPRESO RUTA 20
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00030313-CHASCOMUS-MESA#SGEl iniciado a raíz de la “Solicitud de acompañamiento para traslado de estudiantes del Programa Puentes”; y
Considerando
Que, en el mismo, se da cuenta del inminente inicio de dos tecnicaturas universitarias en el Centro Universitario de Chascomús.
Que el Programa Puentes del gobierno de la Provincia de Buenos Aires busca garantizar la Igualdad de Derechos en el acceso a la educación universitaria, subsidiando carreras orientadas al desarrollo de actividades productivas y de servicios en los Municipios del interior.
Que a través de Puentes, el gobierno provincial realizó acuerdos con los gobiernos locales de Chascomús y General Paz para el dictado de dos carreras compartidas en ambos municipios, teniendo en cuenta la cercanía.
Que con la construcción del Centro Universitario de Chascomús en el barrio 30 de Mayo pueden desarrollarse estas propuestas y ampliarse la oferta universitaria de nuestro distrito.
Que, gracias a esto, nuestro distrito podrá contar con una oferta de estudios superiores más amplia y, en consecuencia, tener nuevos perfiles profesionales para el desarrollo local.
Que, en ese sentido, en una gestión coordinada entre los municipios, se logró el dictado por parte de la Universidad de Quilmes de las Tecnicaturas Universitarias en Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas y en Producción Digital.
Que la modalidad de cursada en ambos casos será semipresencial, con clases presenciales en los centros universitarios de Chascomús y General Paz.
Que antes del inicio de las carreras se realizó, entre el 10 y el 16 de Julio de 2024, un Taller de Vida Universitaria, con una clase presencial en cada distrito.
Que las carreras propiamente dichas se iniciarán el 12 de Agosto de 2024, con clases presenciales alternadas en cada distrito, y con una duración de 7 cuatrimestres.
Que más de 70 vecinos de nuestro distrito formalizaron la inscripción a estas ofertas.
Que la Municipalidad de Chascomús busca garantizar el inicio, continuidad y egreso de dichos inscriptos.
Que para garantizar la asistencia de los estudiantes a las clases presenciales que se desarrollan en cada distrito es necesario realizar acuerdos con empresas de transporte de pasajeros.
Que la Línea Expreso Ruta 29 SRL tiene concesionada la prestación de servicio público de pasajeros entre las ciudades de Ranchos y Chascomús (Línea 381), actualmente con cinco servicios diarios.
Que, una vez confirmados los días en que los alumnos de nuestra ciudad deben concurrir al Centro Universitario de Ranchos, se celebrará un convenio con dicha empresa con el fin de subsidiar parte de los pasajes.
Que, atento a que para el Taller de “Vida Universitaria” debió realizarse un viaje especial a la ciudad de Ranchos con los alumnos locales con dicha empresa, se considera necesario subsidiar en su totalidad dichos pasajes de ida y vuelta, considerando para ello el listado de inscriptos que se entregó al responsable de la Línea 381.
Que, teniendo en cuenta que los pasajeros informados fueron cincuenta (50) y que el valor actual del pasaje es de $ 2.000, deberá otorgarse un subsidio equivalente a $ 200.000.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Educativo de la Intendencia Municipal de Chascomús el dictado de las tecnicaturas, capacitaciones, carreras y/u otro tipo de especialización por parte de la Universidad Nacional de Quilmes, tanto en el Centro Universitario de nuestra ciudad como en los Centros Universitarios de la zona, en el marco del Programa Provincial “Puentes”.-
ARTICULO 2°.- Otórguese una ayuda económica de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) a la firma Línea Expreso Ruta 29 SRL por el traslado de los alumnos locales a la ciudad de Ranchos, de acuerdo a lo indicado en el exordio, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 1º.-
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.01.00, Partida del Gasto 5.1.9.0, FF 110.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Educación, Contaduría y Tesorería.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-
ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-