Boletines/Campana

Decreto Nº802/24

Decreto Nº 802/24

Campana, 16/08/2024

Expediente Municipal N° 4016-41342-9-2017 - Retiro Voluntario Srta. Martina Nahir FLORES MAERO.

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto Nº 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-41342-92017; y

Considerando

Que obra solicitud mediante el cual la agente Srta. Martina Nahir FLORES MAERO ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el artículo 98 de la Ley Provincial Nº 14.656.

Que la nombrada agente, a través del Acta Acuerdo celebrada el día 4 de julio de 2024 entre la misma y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde la fecha de firma del acta.

Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado a acordar que la Municipalidad le otorgaría la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA  MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 28/100 CENTAVOS ($1.980.185,28.-) a abonar en DOS (2) pagos de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVENTA Y DOS CON 64/100 CENTAVOS ($990.092,64.-) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 23 de agosto y 23 de septiembre todas las fechas del año 2024.

Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por ciento (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que a la fecha de firmada el acta acuerdo se encontraba en tramitación un nuevo escalafón municipal, que fuera formalmente implementado por actas de fecha 11 y 17 de julio de 2024, con vigencia retroactiva al 1° de julio del año en curso.

Que por tal motivo para la baja de la agente Sr. FLORES MAERO se tuvo en cuenta la categoría del escalafón anterior.

Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase, con retroactividad al 4 de julio de 2024, el Retiro Voluntario solicitado por la Srta. Martina Nahir FLORES MAERO (D.N.I. Nº 38.427.423), legajo personal Nº 6706, quien revista como Técnica Administrativa VI (administrativa) – Clase VI - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 39 horas semanales de labor dependiente de la Dirección General de Tránsito y Trasporte, Subsecretaría de Prevención y Relaciones con la Comunidad, Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 2°.- Concédase en virtud de lo previsto en la Cláusula 1º del Acta  Acuerdo celebrada el 4 de julio de 2024 entre la Srta. Martina Nahir FLORES MAERO y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 28/100 CENTAVOS ($1.980.185,28.-) a abonar en DOS (2) pagos de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVENTA Y DOS CON 64/100 CENTAVOS ($990.092,64.-) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 23 de agosto y 23 de septiembre todas las fechas del año 2024.-

ARTÍCULO 3°.-  Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por ciento (9 %) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre la agente mencionada en el artículo 1º y este Municipio.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110114000 – Secretaría de Prevención Ciudadana, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 5°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6°.-  Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-