Boletines/Campana
Decreto Nº 768/24
Campana, 09/08/2024
Expediente Municipal N° 4016-5497-0-2024 Programa “Red de Mujeres y Madres de Campana”.
Visto
El Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta N° 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007 BIS/2024, y el Expediente Municipal N° 4016-5497-0-2024; y
Considerando
Que mediante el Decreto DECTO-2024-197-E-MUNICAM-INT, de fecha 27 de marzo de 2024, se aprobó la planificación de ayuda a personas beneficiarias del Programa “Red de Mujeres y Madres de Campana”, mediante el servicio de tarjetas precargadas sin costo en el marco del Convenio celebrado con Cabal Cooperativa de Provisión de Servicios LTDA, con el objetivo de asistir a familias en situación de vulnerabilidad social.
Que el otorgamiento de tarjetas precargadas para la compra, con el objetivo de acompañar y brindar contención respecto de necesidades insatisfechas, permite dar una respuesta rápida y adecuada, buscando hacer frente a las dificultades que se le presentan a mujeres y madres de familias de nuestra ciudad en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
Que el Art. N° 2 del Decreto mencionado ut supra, delega en la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura la facultad de integrar y/o modificar mensualmente hasta el límite total de treinta y cinco (35) beneficiarias correspondientes al Programa “Red de Mujeres y Madres de Campana” por la suma mensual de Pesos Cuarenta y Nueve Mil con 00/100 Centavos ($49.000,00.-) para cada beneficiaria, por el período comprendido desde el mes de abril de 2024 y hasta el mes de diciembre del mismo año.
Que se glosa el Registro de Compromiso N° 55-0-3007, de fecha 17 de abril de 2024.
Que la Dirección General de Políticas de Promoción y Protección de Derechos, Género y Diversidad, considerando la situación por la que atraviesa nuestro país, alcanzando extremos niveles de pobreza, agravada en la actualidad ante un proceso de aceleración de la variación de precios y pérdida del poder adquisitivo; solicita incrementar el saldo de las tarjetas precargadas para las beneficiarias del Programa ¨Red de Mujeres y Madres de Campana¨.
Que la Subsecretaría de Cultura y Educación manifiesta que atento a lo solicitado por la Dirección General de Políticas de Promoción y Protección de Derechos, Género y Diversidad; resulta oportuno incrementar el saldo de las tarjetas precargadas en la suma mensual de Pesos Setenta Mil con 00/100 Centavos ($70.000,00.-) para los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del corriente año.
Que la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura toma conocimiento e informa que no posee objeciones que formular respecto al incremento de saldo solicitado.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal toma conocimiento y ratifica la existencia de crédito presupuestario, para la erogación que se pretende realizar.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toman conocimiento e informa que no posee objeciones económicas ni financieras.
Que interviene la Jefatura de Gabinete, lo deriva a sus efectos.
Que a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007 BIS/2024.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Amplíase el monto establecido en el Artículo N° 2 del Decreto DECTO-2024-197-EMUNICAM-INT, de fecha 27 de marzo del 2024, por la suma mensual de Pesos Setenta Mil con 00/100 Centavos ($70.000,00.-) para cada beneficiaria correspondiente al Programa “Red de Mujeres y Madres de Campana”.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que lo dispuesto en el presente Decreto comprende las cargas mensuales correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año en curso.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-