Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 408/2024
Coronel Rosales, 22/08/2024
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº S-56/24, correspondiente a la Licitación Privada Nº 3/24, instrumentado para la adjudicación de la Obra denominada "Construcción de Cerco Perimetral en E.E.S. N° 5"; y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 188, de fecha 14 de mayo de 2024, se dispuso el llamado a Licitación Privada N° 3/24 para la adjudicación de la Obra denominada "Construcción de Cerco Perimetral en E.E.S. N° 5", aprobándose asimismo el Pliego de Bases y Condiciones confeccionado a tal efecto.-
Que por Decreto Nº 324, de fecha 4 de julio de 2024, se adjudicó a Comadar S.R.L. la mencionada obra, el cual se encuentra debidamente notificado conforme surge de las actas obrantes a fs. 468/470.-
Que mediante notas de fecha 13 y 16 de agosto de 2024 obrantes a fs. 514 y 521 la adjudicataria requiere la entrega de anticipo financiero contemplada en los Arts. 37 del PBCG y 10 del PBCP por suma equivalente al veinte por ciento (20%) de monto total del contrato, habiendo garantizado de, conformidad con lo que prevén los artículos citados, la suma de Pesos Tres Millones Seiscientos Cuarenta Mil Ochocientos Setenta y Cinco con Cero Centavos ($ 3.640.875,00.-), mediante Póliza de Seguro de Caución-Anticipo Financiero Nro. 440323, emitida con fecha 07 de Agosto de 2024, extendida por “Federación Patronal Seguros S.A.U.”.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º. Autorízase el pago del anticipo financiero previsto en los Arts. 37 del PBCG y 10 del PBCP a la firma COMADAR S.R.L., en su carácter adjudicataria de la Licitación Privada N° 3/24, por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CERO CENTAVOS ($ 3.640.875,00.-), imputables a la adjudicación dispuesta mediante Decreto Nro. 324/24.-
ARTICULO 2º. Previo al pago previsto en el artículo precedente verifíquese vigencia de la garantía constituida por el cien por ciento (100%) del monto indicado en el artículo anterior en las modalidades previstas en los Arts. 20, 37 y cctes. del PBCG Y 10 del PBCP.-
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 4º.Registrese. Tome nota la Secretaría de Economía y de Gabinete, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifiquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra. Notifíquese a la empresa insteresada a través de la mencionada Secretaría de Obras y Servicios Públicos. Cúmplido, reservese.
DECRETO Nº408/2024