Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº264

Resolución Nº 264

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 07/08/2024

VISTO la nota presentada, de fojas 1 a 3, por el Departamento Mantenimiento de Alumbrado Público en virtud de la cual se informa de un siniestro registrado el día veintidós de octubre de dos mil veintitrés, en calle Avenida Cabrera altura 1600 de esta ciudad, en el que se originó la rotura de una columna de alumbrado público existente en el lugar como consecuencia de la colisión con un vehículo particular Marca Volkswagen, Modelo Fox, Dominio IVG254; y,

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 5 y 6, el Tribunal Municipal de Faltas informa: “...cumplimos en remitir consulta por dominio realizada a la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor para el vehículo IVG-254 dando cuenta del titular registral al 02/11/2022, a saber RASMUNSEN FACUNDO…” .

Que, a fojas 7/10, la Dirección General de Tránsito remite copias del libro de guardia donde se registra el siniestro objeto de estos actuados.

Que, a foja 11, la Dirección General de Defensa Civil informa: "... según el informe emitido por la guardia operativa de la dependencia, el siniestro ocurrió el día 22 de octubre 2023 a las 05:22 hs. aproximadamente. 

Tal lo indicado por los agentes se recibe el llamado por parte de CDP en donde informan un accidente de tránsito en calle Av. Cabrera 1600, al arribo se encontraron con un vehículo VW Fox dominio IVG254 conducido por Facundo Rasmunsen de 20 años, en el lugar se entrevistaron con un efectivo policial en donde manifestó que el otro vehículo involucrado un Renault Megane lo interceptaron en el domicilio ubicado en Yrigoyen al 1500. 

A su vez en el lugar se observó una luminaria caída en la calzada y se informó del hecho a la guardia de Alumbrado Público." .

Que, a fojas 12, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos solicita a la Comisaría interviniente en el siniestro: “...informe si tiene registro del incidente ocurrido el día 22 de Octubre de 2023 a las 5.22 hs., en las inmediaciones de Av. Cabrera 1600, un automóvil Fox dominio IVG 254 colisionó contra una columna de alumbrado. Según las constancias del informe de Defensa Civil se entrevistaron con un efectivo policial quien habría manifestado que existía otro vehículo involucrado tratándose de un Renault Megane que fuera interceptado en Yrigoyen al 1500. 

De ser ciertas estas versiones, solicito se nos provea de los datos correspondientes al vehículo interceptado y su conductor, junto con las constancias o informes oficiales del hecho acontecido”, librándose, en dicho sentido, Nota al Destacamento Policial Palihue a foja 15. 

Que, a fojas 13 y 14, obra Carta de Documento 23797026 4 Correo Argentino remitida por la Municipalidad de Bahía Blanca cuyo destinatario es el Sr. Facundo Rasmunsen, por la cual se lo intima al pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS TRECE CON 48/100 ($210.913,48) CON MÁS LOS INTERESES Y COSTAS CORRESPONDIENTES, en concepto de los daños ocasionados en la columna de alumbrado público. 

Que, a fojas 16, consta Carta Documento 29124372 5 Correo Argentino, por la que el Sr. Facundo Rasmunsen, D.N.I. Nº 45.033.169, manifiesta: "RECHAZO en todos sus términos, por improcedente, temeraria, maliciosa y mendaz su Carta de Documento remitida en fecha 09 de Febrero de 2024 (CD 23797026 4).- 

NIEGO tener que pagar en el PLAZO PERENTORIO E IMPRORROGABLE DE DIEZ (10) DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN, LA SUMA DE PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS TRECE CON 48/100 ($210.913,48) CON MÁS LOS INTERESES Y COSTAS CORRESPONDIENTES.- 

Que su reclamo es improcedente por no darse los presupuestos de responsabilidad civil. Que conforme actuaciones de la policía, y de testigos del momento del hecho, queda acreditado que esta parte es totalmente extraña a la producción del daño, siendo involuntariamente involucrado en un evento dañoso, pese haber observado estrictamente las prescripciones de la reglamentación de tránsito vigente, conforme surge del acta de procedimiento del día 22 de octubre del año 2023 aproximadamente a las 05:00hs.-...”. 

Que, a foja 17, el Destacamento Policía de Seguridad Palihue informa: “...en relación a lo solicitado por Ud., en Expte. suyo 437-11417/2023, y habiendo compulsado los biblioratos correspondientes, que desde este elemento se iniciaron actuaciones con intervención de la U.F.I.J. Nro. 1 del D.J.B.B. en IPP Nro. 205128/2023, resultando imputado el Sr. LAHER ARIEL MARCEL, TITULAR DEL DNI NRO. 28.823.334, FECHA DE NACIMIENTO 16/04/1981, DOMICILIADO EN HIPÓLITO YRIGOYEN NRO. 1501 DE ESTE MEDIO, CONDUCTOR DE VEHÍCULO MARCA RENAULT, MODELO MEGANE, DOMICILIO LJC315.-”, rectificándose la IPP correcta por 02-00-023809/23-00 a foja 28 del presente expediente.

Que, a foja 20 y en respuesta al requerimiento de la Dirección General de Técnica Jurídica, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos señala desconocer el grado de intervención y responsabilidad que tuvo la participación del supuesto tercero conductor involucrado en el hecho, considerándose que dichos extremos deberían ser determinados en instancia judicial. 

Que, a foja 22, la Subsecretaría de Legal y Técnica sugiere que, previo al dictado del acto resolutivo de inicio de las acciones legales que correspondan contra el Sr. Facundo Rasmunsen a efectos de reclamar los daños provocados con su vehículo a la columna de alumbrado público, se atiendan las siguientes consideraciones: “Si bien del cotejo de la documentación obrante se desprende que -al día del hecho- el titular registral del automotor Dominio IVG-254 sería el Sr. Rasmunsen Federico, observando que a fs. 6 se informa que aquella titularidad se registra en un día que no se corresponde al del suceso, sugiero que se aclare al respecto, informando puntualmente el Tribunal de Faltas bajo qué titularidad se encontraba el citado rodado el día 22/10/2023.- 

Atento a que no surgen constancias si por el hecho se formaron actuaciones contravencionales, sin perjuicio de lo indicado a fs. 8 (alcoholemia negativa), gírese al Tribunal de Faltas para que -además de lo expuesto en el párrafo precedente- también se expida respecto de eso último.- 

Advirtiendo que en el accidente se encontraría involucrado otro vehículo, no teniendo hasta aquí mayores precisiones sobre la causa penal informada a fs. 17, y que allí se precisa una imputación contra el Sr. Laher Ariel Marcel, gírese este expediente a la Asesoría Letrada para que compulsando la IPP 205128/2023 recabe todo dato de interés para la presente, y de resultar atinente se analice ampliar el reclamo contra el mismo, debiendo en tal caso incorporarse al acto administrativo respectivo.-”.

Que, a fojas 23/25, el Tribunal Municipal de Faltas informa: “...cumplimos en remitir consulta por dominio realizada a la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor para el vehículo IVG-254 dando cuenta de los titulares registrales actual y anteriores que corresponden al dominio en cuestión, resultando titular al 22/10/2023 el Sr. Luengo Dante José DNI 30175178.

Asimismo se informa que no existen actuaciones contravencionales labradas para el dominio indicado el día 22/10/2023…”, rectificándose este informe a fojas 33/34 a requerimiento de la Subsecretaría de Legal  y Técnica, resultando ser el Sr. Rasmunsen, Facundo el titular registral del vehículo involucrado a la fecha del suceso. 

Que, a foja 29, la Dirección General de Técnica Jurídica señala: “...consultada la causa IPP-02-00-023809/23-00, de la misma surge que el otro vehículo involucrado en el hecho es un Renault Megane III dominio LJC-315 que se encuentra asegurado en Cía La Caja con póliza Nº 5040-0166668-06 siendo su titular el Sr. Laher Ariel Alberto DNI 28.823.334.

Atento lo indicado a fs. 22, pongo de manifiesto que si bien está identificado el 3ro que se encuentra señalado ut supra, y que presuntamente estuvo involucrado en el hecho, el mismo no se encuentra imputado en la causa penal la cual está en curso de investigación.”

Que, a foja 35, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos señala: “Visto las presentes actuaciones de las cuales se desprende que en fecha 22 de octubre de 2023 a las 05:22hs el vehículo Marca Volkswagen, Modelo Fox 1.6, Dominio IVG254, propiedad del Sr. RASMUSEN FACUNDO, DNI 45.033.169 embistió una columna de alumbrado público ubicada en calle Av. Cabrera nro. 1600 de esta ciudad. 

Cabe destacar que conforme fs. 11, el vehículo se encontraba bajo la conducción del Sr. RASMUNSEN al momento del acontecimiento. Como consecuencia del hecho se produjeron daños de magnitud significativa cuyo monto fuera determinado en la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS TRES CON 48/100 ($210.913,48) con más los intereses y costas correspondientes (fs. 1).

Que, el Sr. RASMUSEN se encuentra debidamente intimado al pago de la suma referenciada atento fs. 13, siendo rechazada tal intimación conforme misiva de fs. 16.

Que en hecho enrostrado al reclamado habría participado otro vehículo -Renault Megane III dominio LJC315-, SIENDO IDENTIFICADO SU TITULAR, Sr. LAHER ARIEL MARCELO, DNI 28.823.334.

Sin desmedro de ello, conforme fs. 29 el Sr. LAHER habiendo estado presuntamente involucrado en el hecho, lo cierto es que el mismo no se encuentra imputado en la causa penal que se encuentra en curso de investigación -IPP02-00-023809/23-00.

Así las cosas, no contando esta Asesoría con la posibilidad de determinar el grado de participación y responsabilidad del tercero conductor – Sr. LAHER ARIEL MARCELO, DNI 28.823.334 – entiendo que dichos extremos deberán ser determinados en sede judicial.

En esa inteligencia, y habiendo sido analizada las piezas documentales glosadas en autos, y conforme el estado actual de las mismas, corresponde encomendar a la Asesoría Letrada de la Municipalidad de Bahía Blanca el inicio de las acciones legales correspondientes contra el Sr. RASMUNSEN FACUNDO, DNI 45.033.169, a efectos de reclamar los daños provocados en bienes de dominio público municipal con su vehículo Marca Volkswagen, Modelo Fox 1.6, Dominio IVG254...”

Por todo lo expuesto, encontrándose afectado un bien que integra el erario municipal y conforme lo dictaminado a foja 32, último párrafo, por la Subsecretaría de Legal y Técnica, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades:

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Técnica Jurídica a iniciar las pertinentes actuaciones judiciales contra el Sr. RASMUNSEN FACUNDO, D.N.I. Nº 45.033.169, para la reparación del daño causado al patrimonio municipal, en virtud del siniestro acontecido el día veintidós de octubre de dos mil veintitrés, en oportunidad de colisionar con su vehículo particular con la columna de alumbrado público existente en calle Avenida Cabrera altura 1600 de esta ciudad, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, dése al R.O., y gírese a la Dirección General de Técnica Jurídica.