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Resolución Nº1271

Resolución Nº 1271

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/08/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por la firma Circuitos EVT SAScon CUIT 33-71672460-9, Contribuyente Nº 90267 para desarrollar actividades bajo el rubro de Agencia de viajes y turismo, en el domicilio de la calle Martiniano Rodriguez Nº 442 de la Localidad de Bahía Blanca, y;

CONSIDERANDO

Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 06 de marzo de 2024, conforme constancias obrantes a fs. 1 y 2;

Que de fs. 3 a 18 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fs. 25 obra Resolución Nº 652/2023 de fecha 15 de marzo de 2023 mediante la cual se le otorga un Permiso de Funcionamiento para desarrollar actividades bajo el rubro Agencia de Viajes y Turismo, atento que resta presentar la autorización definitiva expedida por el Ministerio de Turismo;

Que a fs. 26 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando la correspondiente Acta de Inspección Nº 4949 de fecha 06/06/2024, dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;

Que a fs. 27-28 obra dictamen de la Subsecretaría de Legal y Técnica en la que se expone, que en virtud del dictado del DNU Nº 70/2023 mediante el cual se deroga la Ley Nº 18.829 que regulaba la habilitación y funcionamiento de las Agencias de Viajes y Turismo, "...constituye en imposible cumplimiento de la presentación de la documentación..., cuestión que admite aseverar que su requerimiento puede ser omitido a los efectos de proseguir con las presentes actuaciones y/o en oportunidad de resolver sobre la petición del particular, en la medida que las condiciones de validez y vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia nro. 70/2023 permanezcan inalterables...";

Que a fs. 34/36 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Habilítase a la firma Circuitos EVT SAScon CUIT 33-71672460-9, Contribuyente Nº 90267 para desarrollar actividades bajo el rubro de Agencia de viajes y turismo, en el domicilio de la calle Martiniano Rodriguez Nº 442 de la Localidad de Bahía Blanca

ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 510/2024 a nombre de la firma Circuitos EVT SASContribuyente Nº 90267 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.

ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.

ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.-