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Resolución Nº1238

Resolución Nº 1238

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/08/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Permiso de funcionamiento interpuesta por Verónica Alejandra SALGAN, con CUIT 27-23270436-0, Contribuyente Nº 93007 para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo, de un Food Truck para la Venta de comidas rápidas, aguas y gaseosas situado en la cale Rincón Nº 3500 (Plaza del Barrio Taxistas, entre las calles Marcos Mora y Pilcaniyen) de la Localidad de Bahía Blanca, y; 

CONSIDERANDO

Que a fs.2 y 26 obra solicitud del correspondiente permiso de fecha 12 de diciembre de 2023;

Que de fs.3/23 y 27/30 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fs.24 la Dirección Adjunta de Planificación Urbana, expone que no se ve ningún inconveniente en la colocación del mismo en el domicilio de Rincón Nº 3500 en la plaza del barrio Taxistas;

Que a fs.35 se adjunta Acta de Inspección Nº 079324 de fecha 06/05/2024 en la que se deja constancia que cumple con la Ordenanza Nº 19044;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 19044, concordantes y  modificatorias;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º)- Otórgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Verónica Alejandra SALGAN, con CUIT 27-23270436-0, Contribuyente Nº 93007 para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo, de un Food Truck para la Venta de comidas rápidas, aguas y gaseosas situado en la cale Rincón Nº 3500 (Plaza del Barrio Taxistas, entre las calles Marcos Mora y Pilcaniyen) de la Localidad de Bahía Blanca, por el término de un (1) año, operando su vencimiento el día 16 de agosto de 2025, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.

ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: Archívese.-