Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº01007/24

Decreto Nº 01007/24

Coronel Pringles, 26/06/2024

Visto

el Expediente N° 1.371/24  iniciado por el Sr. Azcona Fernando; y

Considerando

Que mediante el mismo informa que por un error involuntario abono en dos oportunidades como se demuestra a fs. 05 la Tasa de Red Vial, correspondiente a la Partida N° 9682, los pagos fueron realizados sobre la cuota 03/2024 del Plan de Pagos N° 35433, por un importe de $92.206,84;

Que dichos pagos ingresaron el día 10/05/24 por la Oficina De Red Link Pagos, adjuntándose comprobante de pago a fs. 05;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza Fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;

Que por tal motivo correspondería proceder a compensar los pagos efectuados en dos oportunidades de la cuota 03/2024 del Plan de Pagos N° 35433, por la suma de $92.206,84, a cuotas venideras del Plan de Pagos antes mencionado;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;

 EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1°: Compénsense por pago erróneo en dos oportunidades de la cuota 03/2024 del Plan de Pagos N° 35433, la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SEIS CON OCHENTA Y CUATROS CENTAVOS ($92.206,84) correspondiente a la Tasa de Red Vial de la Partida N° 9682, imputándose dicho importe a cuotas venideras del Plan de Pagos antes mencionado, en el marco del Artículo 49 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.  

REGISTRADO BAJO N° 1.007/24.