Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº01001/24

Decreto Nº 01001/24

Coronel Pringles, 25/06/2024

Visto

y

Considerando

el Expediente N° 1.380/2024 iniciado por el Secretario  de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Sr. Pellegrinelli Diego; y

Que mediante el mismo solicita autorización para procer a la contratación mediante Locación de Obra de la Agrimensora Sra. María Guillermina Botelli, Matricula 2213 (III) CUIT Nº 27-26172502-4, para efectuar tareas de mesura, subdivisión, registración de dos solares denominados catastralmente como Circunscripción XIII, Sección F, Manzana 544, Parcela 3 y 4 y Partidas Nº 9250 y 9251 respectivamente; que se obtendrán 12 lotes;

Que las tareas serán de campo y administrativas, aportando movilidad y herramientas necesarias para poder realizar el trabajo;

Que la profesional cumplirá diferentes tareas, descriptas en el Expediente Nº 1380/24, a fs. 1, las cuales se llevarán a cabo en 3 etapas; y el monto a abonar será de $1.962.000,00, abonados contra certificación del área de Catastro, Vivienda y Tierras, en tres pagos realizados de la siguiente manera. Etapa 1: 20% $392.400,00; Etapa 2: 40% $784.800,00 y Etapa 3 40% $784.800;           

Que en virtud a la declaración de incompetencia suscripta por dicha Dirección se considera la contratación solicitada en el marco del artículo 148º de la L.O.M;

                Por ello; en uso de las facultades que le son propias; 

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de  Catastro, Vivienda y Tierras, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante locación de Obra de la Agrimensora Sra. María Guillermina BOTELLI, Matrícula 2213 (III) CUIT Nº 27-26172502-4, para efectuar tareas de mesura, subdivisión, registración de dos solares denominados catastralmente como Circunscripción XIII, Sección F, Manzana 544, Parcela 3 y 4 y Partidas Nº 9250 y 9251 respectivamente; que se obtendrán 12 lotes, abonándosele la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL ($1.962.000,00), abonados contra certificación del área de Catastro, Vivienda y Tierras, en tres pagos realizados de la siguiente manera: Etapa 1: 20% $392.400,00; Etapa 2: 40% $784.800,00 y Etapa 3 40% $784.800,00.           

ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 18.06.00 “Regulación Dominial Ordenanza 4819/22 - PNSU”, Partida 3.4.9.0. “Servicios Técnicos y Profesionales Otros”, Fuente de Financiamiento 131 “De Origen Municipal”, recurso 21.1.01.07 “Regularización Dominial de Terrenos”

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.001/24.