Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0998/24
Coronel Pringles, 24/06/2024
Visto
el Expediente N° 2.787/2023 iniciado por el Administrador del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, Sr. Ariel Barrere; y
Considerando
Que mediante Decreto N° 0523/24 se autorizó la realización de un Contrato de Locación de Obra con el Dr. Julián Jorge Martín, D.N.I. N° 30.403.234, Especialista en Neurología, para desempeñarse en el Servicio de Neurología del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, durante el período comprendido entre el 1 de abril al 30 de junio de 2024, en la suma de $167.040,00 mensuales;
Que a fs. 30 el área requirente solicita realizar adenda del contrato ejecutado aumentando el monto en la suma de $9.396,00 por el mes de abril y mayo, y para el mes de junio del corriente año la suma de $176.436,00 por cuatro (4) días de atención por excepción debido a la demanda de pacientes en el Hospital Municipal, dando lugar la Contaduría Municipal a lo expuesto a fs. 34;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese la Adenda al Contrato firmado oportunamente (Decreto N° 0523/24) mediante Locación de Obra con el Dr. JULIÁN Jorge Martín, D.N.I. N° 30.403.234, Especialista en Neurología, para desempeñarse en el Servicio de Neurología del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, durante el período comprendido entre el 1 de abril al 30 de junio de 2024, debiendo abonarle la suma mensual de PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CUARENTA ($167.040,00), aumentando el monto en PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($9.396,00) por el mes de abril y mayo, y para el mes de junio del corriente año la suma de $176.436,00 por cuatro (4) días de atención por excepción debido a la demanda de pacientes en el Hospital Municipal, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el Artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” – Categoría Programática 18.00.00. “Unidades con Internación” – Partida 3.4.2.0 “Médicos y Sanitarios” – Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal.
ARTICULO 3°: Cúmplase, publíquese, comuníquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0998/24.