Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0995/24
Coronel Pringles, 24/06/2024
Visto
el Expediente Nº 1.366/24, caratulado “BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CORONEL PRINGLES SOLICITA EXIMICIÓN DE IMPUESTOS BULACIO ARIEL RUFINO”; y
Considerando
Que a fs. 01 se presenta el presidente del cuerpo de Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles el Sr. Bulacio Ariel Rufino, D.N.I. N° 16.604.563, quien solicita la eximición del pago de Tasas Municipales, con domicilio en calle Reconquista N° 1.266 de nuestra ciudad, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal Nº 1.564/75;
Que a fs. 04 se acompaña credencial de Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles;
Que a fs. 02, 03 y 06 lucen agregada la documentación que acredita la titularidad del dominio sobre el inmueble en cuestión;
Que conforme lo expresa la Ordenanza Nº 1.564/75 en su artículo 1º la exención de tasas tendrá como condición para su otorgamiento que los Bomberos Voluntarios que lo soliciten se encuentren en actividad y que las viviendas sean ocupadas por sus titulares de dominio;
Que de acuerdo a la documentación obrante en las presentes actuaciones, se desprende que el Sr. Bulacio Ariel Rufino reúne los requisitos exigidos por la Ordenanza mencionada para la exención pretendida;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Exímase al Sr. BULACIO Ariel Rufino, D.N.I. N° 16.604.563, integrante del Cuerpo activo de Bomberos Voluntarios bajo el Legajo Nº 041/042, del pago de Tasas Municipales del inmueble de su propiedad, Partida 9509, ubicado en calle RECONQUISTA N° 1.266 de esta ciudad, teniendo vigencia a partir de la firma del presente y siempre y cuando el inmueble beneficiado sea ocupado por el requirente y éste último continúe como integrante del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles, para lo cual la Comisión Directiva deberá informar a esta Municipalidad las altas y bajas que operen en dicha entidad, encuadrando lo expuesto en lo normado en la Ordenanza Nº 1.564/75.
ARTICULO 2°: Notifíquese de todo lo actuado en el presente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0995/24.