Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0961/24
Coronel Pringles, 12/06/2024
Visto
el Expediente N° 1.313/24 iniciado por el Secretario de Salud, Dr. Luis González Estevarena;
Considerando
Que mediante el mismo solicita se declare de Interés Municipal la Jornada de Prevención del Consumo de alcohol, drogas, videojuegos, apuestas online y conductas adictivas en adolescentes;
Que por tal motivo se llevarán a cabo diferentes talleres los días 1 y 2 de julio, en el salón del Fogón de los Gauchos, dictado por el Dr. Guido Bergman, Médico cardiólogo, Especialista en Tabaquismo y Adicciones con el objetivo de brindar asesoramiento a familias e instituciones educativas para prevenir el consumo de adolescentes, siendo los honorarios del profesional de $1.710.000,00;
Que los gastos necesarios a fin de llevar a cabo los talleres mencionados comprenden: pantalla, proyector y sonido siendo de $242.000,00:
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese de Interés Municipal la Jornada de Prevención del Consumo de alcohol, drogas, videojuegos, apuestas online y conductas adictivas en adolescentes enunciadas en el exordio del presente.
ARTICULO 2°: Los gastos que surjan en concepto de honorarios, del Dr. Guido Bergman, Médico Cardiólogo, Especialista en Tabaquismo y Adicciones, la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS DIEZ MIL $1.710.000,00, se imputarán en Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” Categoría Programática 18.00.00 “Unidad con Internación” Partida 3.4.5.0 “Servicio Técnicos y Profesionales” ”De capacitación” Fuente de Financiamiento 110 - “Tesoro Municipal”
ARTICULO 3°: Los gastos que surjan en concepto pantalla, proyector y sonido por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL $242.000,00, se imputarán en Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” Categoría Programática 18.00.00 “Unidades con Internación” Partida 3.4.6.0 “Servicios Técnicos y Profesionales” “De informática y servicios computarizados” Fuente de Financiamiento 110 -“Tesoro Municipal”.
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0961/24.