Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0934/24
Coronel Pringles, 10/06/2024
Visto
y
Considerando
el Expediente Nº 0379/24 y la nota presentada por la Comisión de Becas Deportistas mediante la cual se establece la renovación de las Becas para Deportistas y Entrenadores con Proyección al Alto Rendimiento presentándose el listado de beneficiarios, en el marco de la Ordenanza Nº 4.972/24;
Que los jóvenes beneficiarios percibirán un importe de $52.884,00, establecido en
el Sistema de otorgamiento de Becas expedido por el Ente Nacional de Alto Rendimiento ítem 2. Denominado Beca Transición al alto rendimiento. Entrenador Personal TAR., equivalente al 50% de lo que recibe un medallista olímpico a nivel nacional, según la tabla de valores que arroja el ENARD en su sistema de becas para atletas de alto rendimiento;
Que mediante la misma se busca promover y estimular a los deportistas a mejorar sus rendimientos, posibilitando que el cumplimiento de este objetivo sirva de motivación para que niños y jóvenes se inicien y desarrollen la práctica deportiva;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Otórguense Becas a los Deportistas y Entrenadores con Proyección al Alto Rendimiento, que seguidamente se detallan, a partir del mes en curso, retroactivo al mes de enero y hasta diciembre de 2024, abonándoseles la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($52.884,00) a cada uno, en el marco de la Ordenanza Nº 4.972/24, conforme lo expuesto en el exordio del presente:
PATTI Gino, CUIL 20-43.906.762-5.
GORRITI Mía, D.N.I. Nº 48.507.436. Dicho monto se abonará al Sr. GORRITI Sergio Gonzalo, CUIL 20-30094266-1, en carácter de padre de la menor.
BARROSO Ana, D.N.I. Nº 47.742.516. Dicho monto se abonará a la Sra. SCARPELLO Laura, CUIL 27-22360920-7, en carácter de madre del menor.
JARA SANDOVAL Braian, CUIL 20-43513788-2.
DOMINGUEZ Agustín, CUIL 20-50359917-2. Dicho monto se le abonará a la Sra. SIRI Bettina Florencia, CUIL 27-28241548-3, en carácter de madre del menor.
ARTICULO 2°: Abóneseles la suma mensual de $52.884,00 a partir del mes de abril del corriente año a:
KOLEP Juan Gabriel, CUIL 20-45037486-6
ZAPATA Leonel Alberto, D.N.I. Nº 47.909.110. Dicho monto se le abonará a la Sra. WALTER Silvia Noemí, CUIL 27-24531689-0, en carácter de madre del menor.
PEREYRA Santiago Daniel, D.N.I Nº 48.634.673. Dicho monto se abonará a la Sra. Pereyra Ana Laura, CUIL 27-36488892-4, en carácter de madre del beneficiario.
ARTICULO 3°: El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo anteriorse atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaria de Desarrollo” – Categoría Programática 35.00.00 “Escuela Municipal de Deporte” – Partida 5.1.3.0 “Becas” – Fuente de Financiamiento 132 “De Origen Provincial” - Fondo Educativo.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0934/24.