Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 663/2024
Adolfo Gonzales Chaves, 24/07/2024
Visto
El Expediente 4055-155-2021, mediante el cual se tramita la habilitación de un local en el ramo DISCO con nombre de fantasía “LA CASCADA”, propiedad del Sr. RAFAEL ALFREDO PELONI; y
Considerando
Que, a fojas 326 consta Póliza Nº 927638 de Seguro de Responsabilidad Civil con vigencia hasta el día 25-04-2025, emitida por Sancor Seguros;
Que, a fojas 328, se adjunta Certificado de Antecedentes Penales otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia;
Que, a fojas 329 consta informe del Registro de Juicios Universales y de la Capacidad de las Personas de la S.C.B.A.;
Que, consta agregado a fojas 331/406 el Certificado de Mantenimiento de Obra en Materia de Seguridad Antisiniestral, con vencimiento el día 17-07-2025;
Que, a fojas 408 consta informe de la Oficina de Catastro y Obras Particulares;
Que, a fojas 414 consta informe de la Secretaria de Seguridad;
Que, a fojas 415 informa el Jefe del Juzgado de Faltas;
Que, a fojas 416 se agregó informe de la Directora de Asesoría Letrada;
Que, a fojas 417 obra agregado Certificado de Libre Deuda Alimentaria;
Que, a fojas 425 se agrega informe del Jefe de Industria y Comercio;
Que, este Departamento Ejecutivo considera que se puede otorgar la habilitación solicitada hasta el día 17-07-2025, fecha de vencimiento del Certificado de Mantenimiento de Obra en Materia de Seguridad Antisiniestral, expedido por la Dirección de Bomberos de De La Garma;
Por ello;
la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar habilitación de un local en el rubro DISCO, solicitada por el Sr. RAFAEL ALFREDO PELONI, DNI Nº 25.076.349, ubicado en calle Juan Elicagaray Nº 252 de esta ciudad de Adolfo Gonzales Chaves, hasta el día 17 de julio de 2025.-
ARTÍCULO 2º.- La vigencia de la habilitación queda sujeta al cumplimiento de requisitos que puedan establecerse por normas legales; sin derecho a indemnización alguna para el titular por la caducidad de la misma.-
ARTÍCULO 3º.- El solicitante deberá presentar, en el plazo de treinta días a partir de la fecha, Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.- Se deberá respetar el factor ocupación de 360 personas en el interior de la disco y 140 personas en el patio de la misma, sin ningún tipo de agregado al habilitado.- Además, en caso de presencia simultánea de mayores y menores dentro del local, estará prohibida la venta de alcohol.-
ARTÍCULO 4º.- Tomen razón Oficina de Obras Particulares, Secretaría de Seguridad y Oficina de Industria y Comercio.-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-