Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 654/2024
Adolfo Gonzales Chaves, 19/07/2024
Visto
Que es imprescindible que las Obstetras del hospital local
Considerando
se incorporen al servicio de viaje en ambulancia por traslado de pacientes cada vez que se requiera la presencia de las mismas
Por ello;
la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Establecer con retroactividad al día 1 de julio de 2024, para las Licenciadas Obstetras que se incorporen al servicio de viaje en ambulancia por traslado de pacientes que así lo requieran, un adicional remunerativo y no bonificable en concepto de viático, equivalente a una guardia pasiva de especialidad para los días Sábados, Domingos y Feriados, más pesos diez mil trescientos treinta y uno con 20/100 ($ 10.331,20), que se abonará por cada viaje realizado.-
ARTÍCULO 2º.- Dejar sin efecto lo establecido en el Artículo 2º del Decreto Nº 314/2023.-
ARTÍCULO 3º.- El pago del adicional mencionado se realizará previa certificación informada y controlada por la Dirección del Hospital “Anita Elicagaray”.-
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º, será imputado a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente que corresponda.-
ARTÍCULO 5º.- Tomen razón Dirección del Hospital, Oficina de Personal, Oficina de Liquidaciones y Subsecretario de Recursos Humanos.-
ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-