Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº652/2024

Decreto Nº 652/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 18/07/2024

Visto

El Expediente 4055-288-2024, mediante el cual el Sr. Hugo Alejandro Gómez interpone Recurso de Revocatoria y Jerárquico en subsidio (art. 89 O.G.267) contra el Decreto Municipal Nº 568/2024; y

Considerando

Que, el mencionado Recurso fue interpuesto por el ex agente municipal, por ante la Mesa de Entradas de este Municipio, con fecha 4 de julio del corriente, en virtud del cual solicita “…se revoque el decreto 568/2024 y se me otorgue la licencia sin goce de haberes…”;

Que, este Departamento Ejecutivo, por medio del dictado del Decreto N° 568/2024 consideró necesario denegar la solicitud del trabajador de la referencia, por razones de servicio a fin de garantizar el óptimo funcionamiento de las áreas municipales;

Que, es facultad –en tanto, “podrá” ser concedida, en términos del artículo 40 inc. 14 del Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por Ordenanza N° 3269/17, en el marco de la Ley N° 14.656- del Departamento Ejecutivo, el otorgamiento de la licencia sin goce de haberes, en tanto la misma debe obedecer “…a motivos de real necesidad debidamente documentados…”, motivos que en modo alguno fueron acreditados en los presentes;

Que, con posterioridad, el trabajador Hugo Alejandro Gómez renuncia a su empleo a partir del día 16 de julio de 2024, por lo que –teniendo en cuenta tal extremo, sumado a lo expuesto en el considerando anterior- no existe agravio que funde el recurso interpuesto;

Que, por lo expuesto, los agravios traídos con el pedido de revocatoria, en nada conmueve los argumentos que fundaron y dieron origen a la sanción, además de que no importan una crítica razonada ni concreta sobre cuál resulta la normativa infraccionada con la sanción ni el perjuicio sufrido;

Por ello;           

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Rechazar el Recurso de Revocatoria y jerárquico en subsidio interpuesto por el trabajador municipal de planta permanente HUGO ALEJANDRO GOMEZ, DNI 27.319.871, Legajo nº 1394, y declarar firme el Decreto Municipal Nº 568/2024.-

 

ARTÍCULO 2º.- Tomen razón, Oficina de Personal y Directora de Asesoría Letrada.-

 

ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-