Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº638/2024

Decreto Nº 638/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 15/07/2024

Visto

El Expediente 4055-128-2016, donde a fojas 20 consta agregado el Decreto Nº 323/2016, mediante el cual se otorgó habilitación de una AGENCIA DE REMIS ubicada en esta ciudad, propiedad del Sr. RICARDO LUIS PILI;

El informe de la Oficina de Tránsito Municipal a fojas 134;

Lo informado por el Jefe de la 0ficina de Industria y Comercio a fojas 173; y

Considerando

Que este Departamento Ejecutivo considera que se encuentran reunidas las condiciones para otorgar de manera PROVISORIA la habilitación de los vehículos que se mencionarán, hasta la fecha de vencimiento de la verificación técnica vehicular;

Por ello;             

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Establecer que los vehículos que prestan servicio en la Agencia de Remis, habilitada por Decreto Nº 323/2016, propiedad de Ricardo Luis Pili, DNI Nº 14.712.221, son los siguientes: Coche nº 1: marca FIAT, Modelo SIENA ELX 1.4 8V, Dominio IAH132, Motor nº 178F30118552527, propiedad de la Sra. Silvia Beatriz Di Paolo, DNI Nº 14.214.556.- Coche nº 2: marca FIAT, Modelo SIENA FLP ELX 1.4 BENZI, Dominio HQS996, Motor nº 178F3011 8373760, propiedad del Sr. Ricardo Luis Pili, DNI Nº 14.712.221.- Los Choferes de los vehículos serán, en forma indistinta, las siguientes personas: Silvia Beatriz Di Paolo y Ricardo Luis Pili.-

 

ARTÍCULO 2º.- La habilitación de los vehículos mencionados en el Artículo precedente, caducará en las siguientes fechas: Coche nº 1: el 06 de febrero de 2025 y Coche nº 2: el 13 de junio de 2025.- Además queda sujeta al cumplimiento de las siguientes observaciones: 1) lo normado por la Ordenanza nº 3037, Art. 18, inciso b) “perfecto estado mecánico y estético”; 2) presentación de informe final de las VTV sin observaciones; y 3) mantener vigentes las Pólizas de Seguro de los vehículos.- Cualquier incumplimiento a lo establecido en el presente decreto se revocará automáticamente la habilitación otorgada.-

 

ARTÍCULO 3º.- Tomen razón Oficina de Tránsito y Oficina de Industria y Comercio.-

 

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-