Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº627/2024

Decreto Nº 627/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 10/07/2024

Visto

El Expediente 4055-223-2024, mediante el cual se tramita el otorgamiento de un subsidio económico reembolsable para el CONSEJO ESCOLAR de ADOLFO GONZALES CHAVES; y

Considerando

Que a fojas 6, la Presidente y demás integrantes del Consejo Escolar de nuestra ciudad, solicitan el mencionado subsidio para cubrir gastos de las obras PEED (Programa de Emergencia Educativa Edilicia), las cuales finalizaron en el mes de marzo de 2024;

Que a fojas 8 se agregó informe del Subcontador Municipal, dando cuenta de la disponibilidad de fondos;

Que deberán tomarse los recaudos necesarios para verificar el reintegro del monto otorgado por el presente Decreto, ya que el mismo es en carácter de “reembolsable”;

Por ello;     

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar al CONSEJO ESCOLAR de ADOLFO GONZALES CHAVES, un subsidio reembolsable de pesos cinco millones novecientos ochenta y tres mil ochocientos treinta ($5.983.830), destinado a abonar las obras PEED (Programa de Emergencia Educativa Edilicia), las cuales finalizaron en el mes de marzo de 2024.-

 

ARTÍCULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas ante Contaduría Municipal, con anterioridad al día 15-12-2024, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTÍCULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110136000 Secretaría de Gobierno

Programa 22.00 Promoción y desarrollo de la educación

Actividad 22.03 Instituciones de enseñanza

Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.5.0 Transferencias a instituciones de enseñanza

 

ARTÍCULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Consejo Escolar.-

 

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-