Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1670/2024

Decreto Nº 1670/2024

Coronel Suárez, 11/07/2024

Visto

el Expediente de referencia, y teniendo en cuenta  la nota presentada a fs. 414 por el contratista BRAIAN SIMON – DNI 34.005.892-, en la cual con fecha 08 de abril solicita la readecuación de precios motivado en la alta inflación que sufrió nuestro país en los últimos meses, realizando un exhaustivo  detalle de computo presupuesto y Análisis de precios (fs. 417 a 418), y:

Considerando

Que de los informes elaborado por la Secretaría de Obras Pcas., de fecha 10.06.2024 y 28.06.24, los cuales constan agregado a fs. 428 a 430, se desprende el aval a lo expresado por la empresa dando cuenta de los incrementos en los valores habidos en el rubro de la construcción, ya sea en el costo de los materiales como en la mano de obra, así como el tiempo transcurrido desde la adjudicación de la obra mediante Decreto Nº 2373 de fecha 11.08.2023 por un monto de $30.360.000 (Pesos  treinta millones trescientos sesenta mil con 00/00), en tanto que el Contrato fue firmado el 17.08.2023 y el Anticipo Financiero es de fecha 18.10.2023.-

Por su parte el Ing. Abelardo manifiesta que si bien el art. 35 del pliego de bases y condiciones legales general y el art. 6 del pliego de bases y condiciones legales particulares no preveía una re determinación de los precios  de los montos asignados originalmente, es evidente que durante el tiempo transcurrido entre el llamado a licitación y el inicio de la obra  se produjo un contexto económico pos eleccionario imprevisto sobrepasando ampliamente los costos originalmente previstos, haciendo mención a que tanto las autoridades Nacionales como Provinciales han reconocido la existencia de mayores costos en la ejecución de la Obra Pública, habilitando ajustes frente a los aumentos de costos que afectan a los principales factores que la componen a fin de mantener la ecuación económica-financiera  y resaltando que no existe mora injustificada por parte del contratista.-

Asimismo, del análisis realizado por el Secretario de Hacienda Cr. Claudio E. Diez, obrante a fs.425 surge su opinión favorable y expresa la razonabilidad de la readecuación presentada y habla de la factibilidad de dar curso con la solicitud de la actualización de montos de la Obra, haciendo hincapié en los índices del Costo de la Construcción (ICC) publicados por el INDEC, pudiendo justificar la razonabilidad del incremento en los valores solicitados por ser acorde a los valores referenciados.-

Que a fs. 426 se expide la Dir. Interina de Compras e indica que procede dar curso a la solicitud de actualización de monto de obra peticionada por el Proveedor por estar en un todo de acuerdo con el informe elaborado por el Sec. de Hacienda.-

Que del dictamen emitido por la Sub Sec Legal y Técnica se desprende que teniendo en cuenta los Dictámenes Técnicos de los  Funcionarios responsables de las áreas municipales involucradas, y el contexto inflacionario en la que se solicita la readecuación del valor de la Obra en cuestión, sumado a la razonabilidad de los montos que se pretenden actualizar, por  razones de oportunidad, mérito y conveniencia, corresponde hacer lugar al pedido de readecuación de precios, basado en los mayores costos que conlleva el saldo de precio de la obra a ejecutar,  atento que una decisión contraria importaría involucrar al Municipio en una nueva e interminable trastienda judicial que derivaría en un claro perjuicio para la toda la Comunidad por tratarse de la terminación del edificio correspondiente a la Escuela de Formación Musical -.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones

                                              

D E C R E T A

ART. 1: RECONOCER a la empresa BRAIAN SIMON CUIL 20-34005892-6 un                  - - - - monto de $12.430.746,43 (Pesos DOCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 43/00) en concepto de re adecuación de precios del saldo de  la Obra a ejecutar, de acuerdo a los considerandos del presente.-

ART. 2: Por Contaduria se liquidará el importe resultante de lo dispuesto en el                - - - -artículo anterior, previa imputación a la Subjurisdicción: 111.010.6000 “Secretaria Obras Publicas” – Categoría Programatica: 67.72.00 – Objeto del Gasto: 4.2.1.0. – Fuente de Financiamiento: 132 – Recurso: 17.5.01.28/22.5.01.25.-

ART. 3: Pase a la Sub Secretaria de Legal y Técnica del Municipio para le                            - - - - elaboración de la respectiva adenda contractual, dejando constancia que el contratista deberá aportar la actualización del monto de las pólizas de caución a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el pliegos de bases y condiciones y que el monto oportunamente entregado en concepto de Anticipo Financiero no sufrirá variación alguna así como tampoco el porcentaje de retención.-

ART. 4: Regístrese, cúmplase y oportunamente archivase.-

                                               

 

 

DECRETO Nº 1670