Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 7170/24
Moreno, 11/07/2024
VISTO los Exptes. H.C.D. N° 35.849/2024 y el Expte. D.E. N° 263387-S-2024, sobre Licitación Pública para contratación de mano de obra para la prestación de las tareas de recolección de residuos sólidos urbanos; y
CONSIDERANDO que los mencionados Expedientes el Departamento Ejecutivo Comunal solicita a este Honorable Cuerpo la autorización para proceder al llamado a licitación pública para la contratación, a través de un tercero y previa licitación pública, de la provisión de mano de obra para la prestación de las tareas de recolección de los denominados residuos sólidos urbanos generados en domicilios particulares y actividades terciarias y que son depositados por los redientes en los canastos o en los frentes de sus domicilios, dentro de bolsas, como así también, en contenedores dispuestos por la Municipalidad en la vía pública.
QUE en lo referente a las actividades terciarias se incluyen los residuos sólidos, asimilables a domiciliarios, generados en edificios dependientes de la Administración Pública (Nacional, Provincial o Municipal), Instituciones en general, restaurantes, etc.
QUE a mayor abundamiento, se encuentra agregado a Foja N° 04/219 Pliego de Bases y Condiciones elaborado por los organismos técnicos del Departamento Ejecutivo.
QUE a Foja N° 02/03 se encuentra agregado dictamen favorable de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
QUE se han emitido los dictámenes de Ley, a Foja N° 222 se ha expedido la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes conforme lo normado en el Artículo 57° de la Ordenanza General N° 267, y a Foja N° 224 a emitido la opinión que le compete la Contaduría Municipal conforme la manda contenida en el Artículo 187° Inciso 06) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, no teniendo ninguna de dichas Dependencias objeciones que realizar en relación a la tramitación de estos actuados.
QUE la presente ordenanza se sanciona en virtud de lo normado en los Artículos 53°, siguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
QUE en virtud de lo expuesto, resulta ser competencia del Departamento Deliberativo el llamado a licitación pública para la contratación del servicio al que se hizo referencia ut supra.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder al llamado a licitación pública para la contratación a través de un tercero de la provisión de mano de obra para la prestación de las tareas de recolección de los denominados residuos sólidos urbanos generados en domicilios particulares y actividades terciarias y que son depositados por los residentes en los canastos o en los frentes de sus domicilios, dentro de bolsas, como así también en contenedores dispuestos por la Municipalidad en la vía pública, incluyendo a tal fin como actividades terciarias las correspondencias a residuos sólidos, asimilables a domiciliarios, generados en edificios dependientes de la Administración Pública (Nacional, Provincial o Municipal), Instituciones en General, restaurantes, según las constancias obrantes en el Expediente D.E. N° 4078-263387-S-2024 (Expte. H.C.D. N° 35.849/2024).
ARTÍCULO 2°: Apruébese el texto del pliego de licitación agregado a Foja N° 04/219 de estos actuados con la siguiente modificación:
Clausula 82 - INFRACCIONES DEL SERVICIO. TIPOLOGÍA
“21) Por estado de ebriedad, uso de estupefacientes u otra intoxicación 50 módulos por cada hecho.”
ARTÍCULO 3°: Autorizase a la Secretaría de Economía y Contaduría Municipal a realizar las readecuaciones presupuestarias necesarias para la realización de la contratación referida en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 11 de Julio de 2024.
DRA GIMENA ANGUIOZAR EMMANUEL FERNANDEZ
Secretaria Legislativa Presidente
Comunicado al D.E el día 16/07/2024
Promulgada mediante el Decreto N° 2917/24 de fecha 16/07/2024