Boletines/Moreno
Decreto Nº 2502/24
Moreno, 11/06/2024
Visto y considerando
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-262331-S-2024 iniciado por la Secretaría De Desarrollo Comunitario.
CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se solicita declarar de Interés Municipal el conjunto de actividades denominado “MES DE AGOSTO - MES DE LAS NIÑECES”, a realizarse durante todo el mes de agosto del corriente año 2024, en distintas actividades conmemorativas.
Que, la declaración de interés municipal del evento, tiene como objetivo promover el bienestar de niñas y niños con actividades sociales y culturales, siendo que dicha celebración es de gran valor en el ámbito social y comunitario, como una jornada donde niñas y niños son protagonistas, donde el juego y la recreación son también espacios de reflexión, con el objetivo de concientizar ejercicio de sus derechos.
Que, aportaría una medida de acción positiva tendiente a fomentar el reconocimiento de niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos de lograr sociedades integradoras y más justas, siendo fundamental para la comunidad Morenense.
Que, ha tomado intervención el área de Presupuesto Municipal informando la partida presupuestaria donde se erogaran los gastos.
Que, ha tomado la debida intervención la Contaduría Municipal dando cumplimiento con lo estipulado en el Art 187 Inc. 6 del Decreto-ley 6769/58.
Que, ha tomado conocimiento la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes, emitiendo el correspondiente dictamen jurídico.
Que, el dictado de! presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17 del Decreto- Ley N° 6769/58.
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal al evento denominado “MES DE AGOSTO - MES DE LAS NIÑECES”, a realizarse durante todo el mes de agosto del corriente año 2024, en distintas actividades conmemorativas.
ARTÍCULO 2°. - Autorizase a la Contaduría Municipal a librar orden de pago por las erogaciones que se generen cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida: Jurisdicción: 1.1.1.01.06.000 Secretaria de Desarrollo Comunitario, Cat. Programática: 25.01. Protección de Derechos. Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Comunitario, la Sra. Secretaria de Economía y el Sr. Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese cumplido, archívese. -
SR ALBERTO ESTEBAN CONCA SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ
DRA MARIELA BIEN LIS SILVANA DIAZ