Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº577

Decreto Nº 577

Exaltación de la Cruz, 08/08/2024

Visto

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y el expediente Administrativo N° 4036-58.970/24, y;

 

Considerando

Que por el expediente administrativo tramito la habilitación comercial a nombre de Beatriz Trinidad Quintero quien a fs. 64 solicita el cambio de titularidad a favor de la Sra. LUCIA ANDREA CIGLIERI CUIT N° 27-37899396-8;

Que el titular ut-supra mencionado solicita renovación de la Habilitación Municipal a su nombre para el comercio ubicado en la localidad de LOS CARDALES en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección L, Manzana 182, Parcela 14B, Subparcela 1, Pda. Inmobiliaria N° 11035, Orden de Catastro N° 3603 en el rubro: “LAVADO Y LIMPIEZA DE ARTICULOS DE TELA, CUERO Y/O DE PIEL, INCLUSO LA LIMPIEZA EN SECO” para el código de actividad de AFIP “SERVICIOS GENERALES TIPO II”;

                  Que el solicitante ha cumplimentado con todos los requisitos para el otorgamiento de la renovación solicitada y de acuerdo a lo informado por la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES COMERCIALES, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de VEINTIDOS (22) MESES en el rubro referenciado a partir del día 30 DE JULIO DE 2024 venciendo la misma el día 31 DE MARZO DE 2026;

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1°

CONCEDASE Habilitación Municipal por el término de VEINTIDOS (22) MESES, a favor de LUCIA ANDREA CIGLIERI, CUIT N° 27-37899396-8   en el Rubro: “LAVADO Y LIMPIEZA DE ARTICULOS DE TELA, CUERO Y/O DE PIEL, INCLUSO LA LIMPIEZA EN SECO” para el comercio ubicado en la localidad de LOS CARDALES en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección L, Manzana 182, Parcela 14B, Subparcela 1, Pda. Inmobiliaria N° 11035, Orden de Catastro N° 3603 a partir del día 30 DE JULIO DE 2024 venciendo la misma el día 31 DE MARZO DE 2026.-

Artículo 2°

La presente Habilitación Municipal se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, cedida y/o alterada respecto al rubro.-

Artículo 3°

Autorízase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual deberá registrarse con asignación de número y leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACIÓN”.-

Artículo 4°

El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno.-

Artículo 5°

Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.-