Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 576
Exaltación de la Cruz, 08/08/2024
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y el expediente Administrativo N° 4036-34.595/16, y;
Considerando
Que por el expediente administrativo de referencia la Sra. JIMENA PEREZ CERBAN, CUIT N° 27-22503654-9 solicita renovación de Habilitación Municipal para el comercio ubicado en la localidad de Parada Robles en el inmueble designado como: Circunscripción IV, Sección G, Fraccion II, Parcela 9y, Partida Inmobiliaria 031 32073, Orden de Catastro N° 30894 en el rubro “SERVICIOS DE ACONDICIONAMIENTO FISICO” código de actividad de Afip “SERVICIOS GENERALES”;
Que el solicitante ha cumplimentado con todos los requisitos para el otorgamiento de la renovación solicitada y de acuerdo a lo informado por la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES COMERCIALES, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES en el rubro referenciado a partir del dia 30 de Julio de 2024 con vencimiento el dia 30 de Julio de 2029;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
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Artículo 1°
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CONCÉDASE Habilitación Municipal por renovación y por el término de SESENTA (60) MESES, a favor de JIMENA PEREZ CERBAN, CUIT N° 27-22503654-9 para el comercio ubicado en la localidad de Parada Robles en el inmueble designado como: Circunscripción IV, Sección G, Fraccion II, Parcela 9y, Partida Inmobiliaria 031 32073, Orden de Catastro N° 30894 en el rubro “SERVICIOS DE ACONDICIONAMIENTO FISICO” código de actividad de Afip “SERVICIOS GENERALES” a partir del 30 de Julio de 2024 venciendo la misma el día 30 DE JULIO DE 2029.- |
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Artículo 2° |
La presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, cedida y/o alterada respecto al rubro.- |
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Artículo 3° |
Autorízase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual deberá registrarse con asignación de número y leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACIÓN”.- |
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Artículo 4° |
El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria en el Departamento de Gobierno.- |
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Artículo 5° |
Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- |