Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2192
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/06/2024
VISTO la solicitud de pedido Nº 4768/2024 originada por la Secretaria de Salud, con el objeto de solicitar la contratación del servicio de acompañante terapéutico para establecimientos educativos de la provincia de Buenos Aires, Distrito Bahía Blanca, bajo la supervisión del equipo interdisciplinario dependiente de la Secretaria, cuyo principal objetivo es el acompañamiento de niños y/ o adolescentes, centrado en la necesidad del sujeto con necesidad y /o trastorno de desarrollo; y
CONSIDERANDO que a fojas 4 y 6, respectivamente, la Secretaria de Salud fundamenta lo solicitado en fojas 1 y 2, y se declara incompetente dado que no cuenta con personal disponible para realizar las tareas requeridas, ya que insumen una dedicación especifica como acompañante terapeutico, la cual excede a la especialidad de los profesionales que revisten como agentes municipales.
Que de fojas 7 a 9 se encuentra la cláusula anexa a la orden de compra y de fojas 10 a 11 la solicitud de gasto correspondiente.
Que atento lo normado en la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 156: "Como excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos", inciso: 8° "Los servicios periódicos de limpieza y mantenimiento de bienes para funcionamiento de las dependencias del Municipio o para prestaciones a cargo del mismo.”
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA BAHIA BLANCA en uso de sus facultades,
- DECRETA -
ARTÍCULO 1º) Declarar la incompetencia en la órbita de la Secretaria de Salud, dado que no cuenta con personal disponible para realizar las tareas requeridas, ya que insumen una dedicación específica como acompañante terapeutico, la cual excede a la especialidad e los profesionales que revisten como agentes municipales.
ARTÍCULO 2º) Adjudicar el servicio de acompañamiento terapéutico a la Cooperativa de Trabajo Cuidarte Limitada, CUIT: 30-71695372-2, por el período comprendido desde 01 de Julio hasta el 30 de Septiembre de 2024 o hasta agotar las 16500 horas de servicio, lo que primero ocurra, por la suma total de pesos cincuenta y tres millones quinientos veintiséis mil ($53.526.000,00), en un todo acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente
ARTÍCULO 3º) Dejar constancia que el Secretario de Salud y/o quien/es el mismo designe perteneciente a la Secretaria de Salud de la Ciudad de Bahía Blanca, será el responsable de constatar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el adjudicado, en un todo de acuerdo con lo normado en el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 4º) Refrendar el presente por el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
ARTICULO 5°): Cumplir. Notificar. Dese al R.O. Tome nota a sus efectos al Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaria de Gestión de la Salud; hecho: ARCHIVESE.-