Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5661

Ordenanza Nº 5661

Bragado, 05/07/2024

VISTO: El Expediente Nº 4299/23 por el cual la COOPERATIVA RURAL ELECTRICA BRAGADO LIMITADA, solicita la renovación del plazo de la concesión para la prestación del servicio público de energía eléctrica dentro de la Sección Urbana, Quintas, Chacras y área rural de los Cuarteles IV, V, VI, VIII, IX, X, XI y XII, así como el área rural del Cuartel III del Partido de Bragado, y CONSIDERANDO: Que, la Cooperativa Rural Eléctrica Bragado Ltda. se encuentra brindando el suministro de energía eléctrica en la Sección Urbana, Quintas, Chacras y área rural de los Cuarteles IV, V, VI, VIII, IX, X, XI y XII, así como el área rural del Cuartel III del Partido de Bragado; Que, por la Ordenanza Nº 157/73 del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, se otorgó la concesión del servicio público de energía eléctrica en las zonas mencionadas a la Cooperativa Rural Eléctrica Bragado Ltda. por el plazo de veinticinco (25) años; Que, al vencimiento del término acordado por la norma provincial, a través de la Ordenanza Municipal Nº 2477/98, promulgada por el Decreto Nº 711/98, se autorizó la concesión del suministro del servicio de electricidad a la Cooperativa Rural Eléctrica Bragado Ltda.; Que, a través del Convenio de Concesión de Distribución Municipal se estableció un plazo de veinticinco (25) años de concesión a favor de la Cooperativa mencionada; Que, a raíz del vencimiento del plazo otorgado, conforme lo establecido en los artículos 3º y 5º del Contrato de Concesión de Distribución Municipal suscripto oportunamente por el entonces Intendente Municipal Ing. Orlando Alberto Costa, la Cooperativa Rural Eléctrica Bragado Ltda., ha solicitado la prórroga de la concesión del servicio público de energía eléctrica por el plazo de treinta (30) años; Que, a fin de evitar la revocación de la concesión del servicio público de energía eléctrica dentro de la Sección Urbana, Quintas, Chacras y área rural de los Cuarteles IV, V, VI, VIII, IX, X, XI y XII, así como el área rural del Cuartel III del Partido de Bragado, a favor de la Cooperativa Rural Eléctrica Bragado Ltda., corresponde el dictado de una nueva Ordenanza que establezca un nuevo plazo de concesión del mencionado servicio, POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº 5661/24

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- RENOVAR la Concesión del Servicio Público de energía eléctrica dentro de la Sección Urbana, Quintas, Chacras y área rural de los Cuarteles IV, V, VI, VIII, IX, X, XI y XII, así como el área rural del Cuartel III del Partido de Bragado, a favor de la COOPERATIVA RURAL ELECTRICA BRAGADO LIMITADA, por el término de treinta (30) años contados a partir del vencimiento del plazo establecido en la Ordenanza Nº 2477/98, por lo que su vencimiento operará el día 07 de Octubre de 2053. ARTICULO 2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a suscribir el Contrato de Concesión conforme al “Modelo de Contrato de Concesión de Distribución Municipal”, así como sus Anexos, publicados en el Boletín oficial de fecha 14 de Julio de 1997. ARTICULO 3º.- CUMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.