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Decreto Nº927

Decreto Nº 927

Bragado, 31/07/2024

Visto

VISTO: El reclamo realizado por profesionales de la salud comprendidos en diferentes regímenes salariales, incluidos en la Ley N° 10.471 “Carrera Profesional Medico Hospitalaria”; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, sin perjuicio de la adhesión de esta Municipalidad a dicho régimen escalafonario, lo establecido en la Ley N° 14656, “Régimen Marco de Empleo Municipal” exime de la inoperatividad de los aumentos  dispuestos por el Gobierno Provincial; Que, sin embargo se decide adecuar el régimen salarial extendiendo a todo el personal de la Carrera Profesional Medico Hospitalaria, el que sin perjuicio del esfuerzo presupuestario podría ser afrontado por el Municipio sin resentir su normal funcionamiento; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.- ABONAR a partir del 1º de JULIO de 2024 a los profesionales incluidos de acuerdo a la Ley N° 10.471 “Carrera Profesional Hospitalaria”, el siguiente sueldo básico de acuerdo a su categoría laboral:

GRADO

REGIMEN HORARIO

BASICO

Médico de guardia activa

24

$216.216,74.-

Jf. Unidad “A”

24

$406.006,99.-

Jf. Unidad “B”

24

$ 384.385,32.-

Jf. Unidad “C”

24

$365.166,06 .-

Jf. Unidad Agregado

24

$343.544,38.-

Jf. Unidad Asistente

24

$324.325,11.-

Prof. Hospital “A”

24

$ 270.671,33.-

 

36

$ 406.006,99.-

 

44

$ 496.230,77.-

 

48

$ 541.342,66.-

Prof. Hospital “B”

24

$ 256.256,88.-

 

34

$363.030,58.-

 

36

$ 384.385,32.-

Prof. Hospital “C”

24

$ 243.444,04.-

 

30

$ 304.305,03.-

 

36

$ 365.166,05.-

 

48

$486.888,07.-

Medico Agregado

24

$229.029,59.-

 

36

$ 343.544,38.-

Medico Asistente

24

$ 216.216,74.-

 

36

$ 324.325,11.-

Reemplazo Profesional

24

$216.216,74.-

 

36

$324.325,11.-

Director Ejecutivo

 

$541.342,66.-

 Director Asociado

 

$541.342,66.-

ARTICULO 2°.- INCREMENTAR las bonificaciones remunerativas según la escala salarial dispuesta en la ley 10.471 y de acuerdo a los conceptos detallados en los respectivos decretos provinciales (decretos: 203/04 – 1823/05 – 2188/08).

Concepto

Importe

286 24 hs.

$  14.363.00.-

286 34 hs.

$  16.429,34.- 

286 36 hs.

$  16.890.00.-

286 48 hs.

$  19.378.00.- 

ARTICULO 3º.- ABONAR a partir del 1 de JULIO de 2024 a los profesionales una BONIFICACIÓN REMUNERTIVA NO BONIFICABLE (048) de PESOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 77.833.00.-). ARTICULO 4°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 5°.- FIRMAR. REGISTRAR. COMUNICAR. PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-