Boletines/Bragado

Decreto Nº885

Decreto Nº 885

Bragado, 18/07/2024

Visto

VISTO: La nota presentada por la Directora de Desarrollo Social mediante la cual pone en conocimiento de la Dirección de Personal, sobre varios episodios de inconducta en el cumplimiento de sus deberes del agente municipal Rodríguez Eliana Elizabet, DNI N° 34.434.580, legajo N° 4528; y, TENIENDO EN CUENTA: El marco normativo del Decreto Ley N° 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades” y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19; y, supletoriamente por la Ley Nº 14.656; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, tal como lo prevé el artículo primero del Decreto Ley N° 6769/58 “Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, la administración local de los Partidos de la Provincia es desempeñada, en el Departamento Ejecutivo, por un ciudadano con el título de Intendente; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo quinto de la norma citada, el 10 de diciembre de 2023 el Sr. Sergio Juan Barenghi ha tomado legalmente posesión de su cargo de Intendente Municipal; Que, el cuerpo normativo referido, en su capítulo IV, artículo 107, establece ser competencia del Poder Ejecutivo la administración general de la municipalidad, y en el artículo 108 inc. 9 detalla dentro de las atribuciones del intendente las de nombrar, aplicar medidas disciplinarias y disponer cesantías de los empleados del Departamento Ejecutivo con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre estabilidad del personal; Que, la Ley Provincial Nº 14.656 establece el Régimen Marco de Empleo Municipal disponiendo que las relaciones de empleo público de los trabajadores de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires se rijan por las ordenanzas dictadas por sus Departamentos Deliberativos y/o los Convenios Colectivos de Trabajo; Que, este municipio firmó un Convenio Colectivo de Trabajo con entidades gremiales, a saber: “Sindicato de Trabajadores Municipales de Bragado”, “Asociación de Trabajadores del Estado” y “Sindicato de Empleados Municipales de Bragado” que fue convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19; Que, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires registró el Convenio Colectivo de Trabajo bajo el número 57 conforme lo establecido en el artículo 58 del Decreto Nº 784/16 promulgatorio de la Ley Nº 14.656; Que, el Convenio derogó la Ordenanza Nº 4770/16 que regulaba la relación de empleo de los trabajadores municipales de Bragado; Que, la denuncia formulada amerita la iniciación de un sumario administrativo a fin de deslindar responsabilidades y constatar la existencia de eventuales perjuicios para la Municipalidad de Bragado y/o violaciones o incumplimientos al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57 y a la Ley Nº 14.656; y por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1º.- INSTRUIR SUMARIO ADMINISTRATIVO a fin de deslindar responsabilidades y constatar la existencia de eventuales perjuicios para la Municipalidad de Bragado y/o violaciones o incumplimientos de la normativa plasmada en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, en virtud del episodio de inconducta del agente municipal Rodríguez Eliana Elizabet, D.N.I. N° 34.434.580, Legajo N° 4528; para posteriormente resolver la aplicación de las sanciones que correspondan.- ARTICULO 2º.- DESIGNAR como Instructor Sumariante al Subsecretario de Legal y Técnica de este municipio, Dr. BURGA, ESTEBAN ABEL, DNI N° 28.433.262, remitiendo al mismo las actuaciones que se inicien a fin de su prosecución. ARTICULO 3º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 4°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-