Boletines/Bragado
Decreto Nº 860
Bragado, 12/07/2024
Visto
VISTO: El Expte. municipal Nº 2759/24, mediante el cual la Secretaria de Desarrollo Social solicita se otorgue ayuda social directa a personas en situación de vulnerabilidad del Área de Tercera Edad y Discapacidad; y
Considerando
CONSIDERANDO: Que, la misma se instrumentará mediante la carga de crédito en tarjetas de compra que se otorgarán a cada beneficiario reemplazando los módulos de alimentos que fueran entregados hasta el mes anterior; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- OTORGAR un subsidio por un monto de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($2.470.000,00.-) para personas en situación de vulnerabilidad del Área de Tercera Edad y Discapacidad, y que se instrumentará mediante la carga de crédito en tarjetas de compra que se otorgarán a cada beneficiario reemplazando los módulos de alimentos que fueran entregados hasta el mes anterior. ARTICULO 2°.- Refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social. BARENGHI, SERGIO JUAN. VILLAVICENCIO, MARÍA LUJÁN. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR. -