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Decreto Nº813

Decreto Nº 813

Bragado, 02/07/2024

Visto

VISTO: El marco normativo de la Ley Orgánica de las Municipalidades - del Decreto-Ley N° 6769/58 y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19; y supletoriamente por la Ley Nº 14.656; y, TENIENDO EN CUENTA: El crecimiento de la ciudad y la consecuente demanda comunitaria por mayores y nuevos servicios a prestar por el municipio; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, el art. 1º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Decreto-Ley N° 6769/58 prevé que La Administración local de los Partidos que forman la Provincia estará a cargo de una Municipalidad compuesta de un Departamento Ejecutivo desempeñado por un ciudadano con el título de Intendente; Que, el 10 de diciembre de 2023, el Sr. Sergio Juan Barenghi tomó posesión de su cargo como Intendente Municipal del Partido de Bragado; Que, el art. 107 del Decreto-Ley N° 6769/58 dispone que la administración general corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo, y el art. 108 en cuanto a las atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo, en su inc. 9 determina la de efectuar nombramientos con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre estabilidad del personal. Que, la Ley Provincial Nº 14.656 establece el Régimen Marco de Empleo Municipal, disponiendo que las relaciones de empleo público de los trabajadores de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires se rijan por las Ordenanzas dictadas por sus Departamentos Deliberativos y/o los Convenios Colectivos de Trabajo; Que, el municipio celebró un Convenio Colectivo de Trabajo con representantes de las entidades gremiales locales, tales como el “Sindicato de Trabajadores Municipales de Bragado”, la “Asociación de Trabajadores del Estado” y el “Sindicato de Empleados Municipales de Bragado”, que fuera convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19, promulgada por el Decreto Nº 1632/19; Que, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires registró el Convenio Colectivo de Trabajo bajo el número 57 conforme lo establecido en el art. 58 del Decreto Nº 784/16 promulgatorio de la Ley Nº 14.656; Que, la citada norma derogó la Ordenanza Nº 4770/16 que regulaba la relación de empleo de los trabajadores municipales del Partido de Bragado; Que, el art. 12 del Convenio Colectivo de Trabajo determina que el ingreso a la planta permanente se formalizará mediante acto administrativo emanado de autoridad competente, debiendo ingresar por la categoría correspondiente al grado inferior de la clase inicial de cada agrupamiento; Que, habiendo trabajadores que cumplieron el plazo del período de prueba que establece el art. 20 de dicho Convenio y, encontrándose en condiciones de pasar a integrar la planta permanente municipal para ocupar puestos específicos; por ello:           

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.- DETERMINAR el ingreso a la PLANTA PERMANENTE MUNICIPAL, a partir del 1º de julio de 2024, a los agentes que a continuación se detallan, a saber:

AGENTE

LEGAJO

DNI

AGRUPAMIENTO/NIVEL

PANELLI, JORGE EZEQUIEL

4465

30.058.951

SERVICIO IV

RODONI, JUAN FRANCISCO

3414

29.240.040

TÉCNICO AT

CAROSSIA, BÁRBARA JOSEFINA

4423

36.259.438

SERVICIO IV

BUSATT, JENNIFER

4456

37.033.151

ADMINISTRATIVO IV

ARRIETA, LUISA LUJÁN

4460

36.626.048

SERVICIO IV

LONGO, ESTEBAN HERNÁN

4502

39.925.063

SERVICIO IV

GALLARDO, ERICA ELIANA FABIANA

4473

33.729.669

ADMINISTRATIVO IV

FELICE, YÉSICA MARÍA SOLEDAD

4461

31.860.634

SERVICIO IV

BASSI, DIEGO ALBERTO

4462

36.021.206

SERVICIO IV

FIGUEROA, HERMINIA DEL CARMEN

4494

27.967.120

TÉCNICO IV

VERGARA, EDUARDO OMAR

4449

22.630.193

TÉCNICO IV

PISTOLA, JUAN CARLOS

4486

25.936.511

TÉCNICO IV

LÓPEZ DE ZUBIRIA, LAURA ANDREA

4490

25.590.207

TÉCNICO IV

SALINA, RUTH FLORENCIA

4495

32.098.747

SERVICIO IV

VOLPI, NATALIA VANESA

4446

24.805.829

SERVICIO IV

URQUIZA, MARIANA ESTHER

4431

30.058.913

SERVICIO IV

DEL BÚE, AGUSTINA CATALINA

4475

43.265.323

SERVICIO IV

MURRAY, ALDANA

4442

38.925.967

TÉCNICO IV

SENISE, YAMILA LEONELA

4437

36.259.316

TÉCNICO IV

PORRAS, LUCIANO MARTIN

4444

43.181.157

SERVICIO IV

SCOTTI, MARÍA BELEN

4225

41.293.601

SERVICIO IV

PALAVECINO, MARIANA CELESTE

2986

30.058.926

SERVICIO IV

SARAVI, LEONEL DANIEL LUJÁN

4466

41.427.056

SERVICIO IV

BALADA, BRÍGIDA EMILSE

4430

38.025.761

TÉCNICO IV

SATURNINO, YAMILA

4450

39.801.951

TÉCNICO IV

GUALDONI, ESTEFANÍA MARCELA

4457

34.668.756

TÉCNICO IV

COBANERA, LORENA VANESA

4421

27.831.183

TÉCNICO IV

GUTIÉRREZ, CARLOS DAMIAN

4419

36.259.533

TÉCNICO IV

FARÍAS, SABRINA NOELIA

4438

33.335.482

TÉCNICO IV

BARTOLOMÉ, JUAN EDUARDO

4439

40.716.817

SERVICIO IV

DECIBE, MARÍA BELÉN

4418

38.926.046

TÉCNICO IV

CANNIZO, JUAN CRUZ

4467

42.839.118

TÉCNICO IV

MANSILLA, CRISTINA NOEMÍ

4479

31.481.869

SERVICIO IV

ROMERO, MELINA MARIEL

4432

31.526.646

SERVICIO IV

DI GIORGIO, ROMINA SOLEDAD

4404

31.860.619

TÉCNICO IV

BORZI, CAMILA SOLEDAD

4451

35.141.621

TÉCNICO IV

PALLOTTO, VERÓNICA ELIANA

4491

25.032.440

ADMINISTRATIVO IV

ROBLEDO, CARLA NOELIA

4410

30.059.074

SERVICIO IV

ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-