Boletines/Tandil

Decreto Nº2444/2024

Decreto Nº 2444/2024

Tandil, 09/08/2024

Visto

La solicitud de exención del pago de los Tasa por Habilitación de Comercios o Industrias presentado por COOPERATIVA AGROPECUARIA DE TANDIL LTDA y la ordenanza Nº 5349.

Considerando

Que la Ordenanza Nº 5349, de Promoción Industrial, permite otorgar franquicias y beneficios impositivos a las empresas que se instalen en el partido o amplíen sus instalaciones y cuyas actividades estén comprendidas en el plan de Desarrollo Industrial y a todas aquellas industrias que a juicio del Departamento Ejecutivo su instalación sea de interés para el partido.

Que COOPERATIVA AGROPECUARIA DE TANDIL LTDA con CUIT 30-50836064-5 ha solicitado exención del pago de Tasa por Habilitación de Comercios o Industrias, del trámite de habilitación de solicitud N° 28273 el que concierne a un nuevo establecimiento dedicado al rubro “Elaboración de Quesos”, correspondiente al inmueble sito en Calle 118 N° 296 del Parque Industrial Tandil, identificado catastralmente como Circunscripción X, Secc. B Manz. 6 Parcelas 1 A, 2 A, 3 A, 4 A, 10 A y 11 A.

Que la Secretaria de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales en orden 3 señala su voluntad, en el marco de la Ordenanza de Promoción Industrial Nº 5349, de alentar y acompañar el desarrollo de las empresas que lleven adelante actividad industrial y en la medida de lo posible brindarle acceso a aquellos beneficios que así lo permitan. En orden 6 informa dicha Secretaría que resuelve acompañar de acuerdo a lo prescripto en el inciso a) art 3º de la Ordenanza N° 5349 de 1990 y sus modificatorias, con el beneficio de exención respecto a la Tasa por habilitación de Comercio e Industrias.

Que al respecto se ha expedido Agencia de Ingresos Municipales, determinando que correspondería el otorgamiento de la exención solicitada.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Exímase a COOPERATIVA AGROPECUARIA DE TANDIL LTDA con CUIT 30-50836064-5, del pago de la Tasa por Habilitación de Comercios o Industrias respecto al trámite de habilitación del bien sito en Calle 118 N° 296 del Parque Industrial Tandil, identificado catastralmente como Circunscripción X, Secc. B Manz. 6 Parcelas 1 A, 2 A, 3 A, 4 A, 10 A y 11 A.

Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 3°: Regístrese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Direcciones de la Agencia de Ingresos Municipales: Dirección de Rentas y Finanzas y de Ingresos Públicos, Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales, Contaduría General y oportunamente pase a “Guarda Temporal”.

Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario)            -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Secretaría de Economía y Administración              -                     Intendencia