Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1757/24
San Andrés de Giles, 05/06/2024
Visto
El contrato de locación de obra celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Doctor FIORI RUBEN DARIO (Médico Pediatra) , cuyo objeto es la realización por parte del profesional de guardias médicas en el Área de Pediatría en el Hospital Municipal San Andrés, en virtud de su especialización; y.
Considerando
Que el contrato fue oportunamente convalidado por Decreto Nº 1433/2024
Que en dicho instrumento contractual oportunamente han sido fijados los valores que por tal concepto se debe abonar al profesional mencionado.
Que habiéndose evaluado las posibilidades y en relación a la disponibilidad de recursos, se ha fijado través del Decreto Nº 1738 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 31 de mayo del año en curso, un incremento en el valor de las guardias, establecido en el contrato mencionado , aplicable a partir del 1 de junio de 2024 , las partes acordaron celebrar una cláusula modificatoria de la cláusula tercera del acuerdo original;
Por ello, el Intendente Municipal , en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar la cláusula modificatoria del contrato de locación de obra oportunamente convalidado por Decreto Nº 1433/24 suscripta entre el Sr Intendente Municipal y el Dr RUBEN DARIO. FIORI (Médico Pediatra) donde se acuerdan los valores en el monto que se le abonará por la prestación brindada, aplicables , a partir del 1º junio del año 2024.
ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo celebrado se imputarán a la siguiente cuenta presupuestaria:
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110107000: Secretaria de Salud
Categoría Programática 70: Prestación de Servicios en el Hospital Municipal San Andrés
Actividad 01: Servicios de Salud en el Hospital Municipal
Inciso 3: Servicios no personales
Partida Principal 4: Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 2: Médicos y Sanitarios.
ARTICULO 3º: Registrar. Comunicar a quién corresponda, publicar y archivar.-
CLAUSULA MODIFICATORIA DE CONTRATO
- -En la ciudad de San Andrés de Giles, el día 3 de junio del año 2024 se suscribe la presente cláusula- que es modificatoria de contrato de locación de obra convalidado oportunamente por Decreto Nº 1433/24 entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Miguel Angel Gesualdi (DNI Nº 22.531.359 ) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre por una parte y por la otra el Doctor RUBEN DARIO FIORI (DNI Nº 13.212.914) C.U.I.T. Nº 20-13212914-3 , Matrícula Profesional Provincial Nº 62.934 ,quién fija su domicilio en calle Gral. Roca Nº74, Baradero- Provincia de Buenos Aires en adelante denominado EL MEDICO, conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte" Las Partes convienen sustituir a partir del 1 de junio del año 2024 el texto de la cláusula tercera del contrato celebrado el día 3 de abril de 2024, convalidado por Decreto Municipal Nº 1433/2024 por el siguiente : “TERCERO: Como contraprestación a la tarea brindada por El Médico , la Municipalidad se compromete a abonarle de acuerdo al siguiente detalle: Por cada guardia médica de 24 hs. realizada de lunes a viernes , la suma de Pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000 ) y por cada Guardia médica de 24 hs. realizada los días sábados, domingos y Feriados, la suma de Pesos doscientos ochenta y cinco mil ($ 285.000) . La facturación se hará mes vencido y el pago deberá estar disponible dentro de los 10 días corridos desde la fecha de la presentación de la factura. Las partes acuerdan que la presente cláusula adicional no modifica el plazo de vigencia ni las demás cláusulas y condiciones establecidas en el contrato original .
- - De conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados supra.----------------------------------------------------------------
Dr. RUBEN DARIO FIORI