Boletines/Arrecifes

Ordenanza Nº3607/2024

Ordenanza Nº 3607/2024

Arrecifes, 11/07/2024

VISTO:

 

La necesidad de adecuar los aranceles que fija la Municipalidad para la prestación de los Servicios de Salud que presta el Municipio de Arrecifes, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Hospital Santa Francisca Romana es el único efector en el distrito, lo que obliga a optimizar los recursos económicos para las prestaciones médicas que allí se realizan.-

 

Que, es necesario implementar un sistema de prestaciones que estén contempladas en un nomenclador valorizado que permita obtener recursos a fin de recuperar los consumos que su actividad genere.

 

Que, los recursos generados permitirán el financiamiento genuino que redunde en mejoras en la calidad de atención para todos los habitantes de Arrecifes.

 

Que, los objetivos del presente Proyecto son:

 

  1. Promover acciones que tiendan a mejorar el Presupuesto Hospitalario a través de ingresos genuinos por medio de ingresos generados por el cobro de prestaciones a los Agentes de Seguro de Salud (Obras Sociales, Prepagas, Seguros, etc.)
  2. Fomentar una gestión eficiente y racional de los recursos de salud.
  3. Mejorar los niveles de accesibilidad a los servicios para la población sin cobertura.
  4. Aumentar el compromiso del personal con el Hospital.

 

Que, el presente Proyecto de Ordenanza exige que las decisiones en las áreas financieras, organizacionales y de control, y especialmente las normas permanezcan bajo la órbita de la autonomía local.

 

Que, con este sistema se podrán realizar convenios prestacionales con todas las entidades de la Seguridad Social, cobrar a terceros pagadores los servicios que se brinden a beneficiarios de Obras Sociales, Entidades de Medicina Prepaga, Mutuales, Compañías de Seguros, Medicina Laboral y otros, y complementar los servicios que brinda a la población a través de la integración de redes de Servicios de Salud con otros Agentes del Sistema Estatales y Privados.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1°:En el Hospital Santa Francisca Romana de Arrecifes, se aplicarán los aranceles que fija el Nomenclador de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizados, según las siguientes circunstancias:

 

  1. 1. Pacientes con Cobertura Social

 

    1. Para los pacientes sujetos a Convenios Especiales (Pre Pagas, Seguros, etc.) se facturará a cargo de la cobertura el 100 % de las prestaciones brindadas a los valores y condiciones que fije cada convenio tanto para ambulatorio como en internación.
    2. Para los sujetos de Obras Sociales se facturarán los valores que fija en Nomenclador de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada en las modalidades ambulatoria e internación o nomencladores alternativos.
    3. Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con entidades de Salud y/o terceros pagadores a los aranceles que resulten beneficiosos para el sistema salud local. En tal sentido se podrán efectuar convenios en asociación estratégica con el cuerpo médico de Arrecifes (Asociación) según los términos del artículo 8 – inciso C) del Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.-
    4. Para los convenios especiales, teniendo en cuenta que el Hospital es único efector, se utilizará como modelo el Nomenclador de Hospital de Gestión Descentralizada que excluye honorarios, a fin de estimular las prestaciones que deban realizar los profesionales locales que facturan sus Honorarios a través de la Asociación Médica Arrecifes.
    5. Los aranceles presentados corresponden al mes de mayo de 2023, ya que no fueron actualizados a la fecha. La puesta en marcha de esta modalidad de facturación deberá contemplar la actualización de estos aranceles en función del Índice de Precios al Consumidor en rubro Salud que emite el INDEC. Cuando estos índices no se actualizan desde el Ministerio de Salud, el Departamento Ejecutivo podrá hacerlo, cada 2 meses, utilizando en índice IPC Salud.
    6. Los pacientes de IOMA y PAMI serán sujetos de facturación según nomencladores de las mencionadas Obras Sociales.
    7. Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con Profesionales médicos que utilizan aparatología propia en el efector de Salud.-

 

  1. Prestaciones brindadas a pacientes sin cobertura.

 

    1. Pacientes sin cobertura (Categoría C), que por encuesta social o por ingreso por profesional local como particular estén en condiciones de abonar las prestaciones, serán pasibles de facturarle las mismas por los aranceles de Hospital de Gestión Descentralizada para Convenios Especiales.
    2. Aquellos pacientes sin cobertura ni ingresos suficientes tendrán derecho a igual cobertura sin cargo.

 

  1. Facúltese al Departamento ejecutivo a contemplar excepciones al precedente encuadramiento a pacientes, basado en consideraciones de orden social y/o buena práctica en situaciones de emergencia o fuerza mayor y sin que las mismas puedan alcanzar carácter de permanente y/o generales y en tanto no signifique la creación de nuevas categorías de pacientes no contempladas ut supra.

 

Artículo 2º: Apruébense las normas de facturación para el HOSPITAL SANTA FRANCISCA ROMANA DE ARRECIFES acorde se detalla en el ANEXO I, que forma parte de la presente ordenanza.

 

Artículo 3º: Apruébense los nuevos aranceles modulares para el HOSPITAL MUNICIPAL SANTA FRANCISCA ROMANA DE ARRECIFES, que se detallan en el ANEXO II, que forma parte de la presente ordenanza.

 

Artículo 4º: Apruébense los nuevos aranceles modulares para el HOSPITAL MUNICIPAL SANTA FRANCISCA ROMANA DE ARRECIFES, para ser utilizados en los Convenios Directos, que se detallan en el ANEXO III, que forma parte de la presente ordenanza.

 

Artículo 5º:Aquellos casos no contemplados expresamente en la presente ordenanza, será de aplicación el artículo 40° de la Ordenanza Nro. 3.548/24 (FISCAL E IMPOSITIVA).-

 

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, CELEBRADA EL DIA DOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-                                                                                                                                                                                                                                               

 

Arrecifes, 15 de julio de 2024.-.-

 

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

 

 

 

 

FABIAN CESAR REYNA       FRANCISCO JOSÉ BÓVEDA

Secretario                                                                                    Presidente

                                                            Honorable Concejo Deliberante                                                 Honorable Concejo Deliberante