Boletines/Zárate

Decreto Nº587/24

Decreto Nº 587/24

Zárate, 30/07/2024

Visto

La renuncia  presentada por el agente municipal, IBAÑEZ, VICTOR HUGO,  D.N.I. Nº 12.903.495, Legajo Nº 7694 para acogerse a los beneficios Jubilatorios, la Certificación de Servicios expedida por esta Municipalidad y el Reconocimiento de Servicios expedido por ANSES y;

Considerando

Que,  del Legajo de dicho agente surge su fecha de nacimiento el 17 de Enero de 1957, por lo que a la fecha, ha superado  la edad  prevista en el artículo 98 º inciso g)  de  la Ley 14.656, según el cual el cese del agente se produce  por “Haber alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio”; 

Que, en éste último aspecto, el agente registra una antigüedad de servicios en esta Municipalidad de Zárate, desde el 01/10/2004  hasta el  30/06/2024, es decir, 19 años 08 meses y 29 días y con más 01 año 10 meses y 00 días reconocidos y certificados por ANSES:

Conforme Expediente Nº 024-20129034956-118-000001 Resolución Nº RBN-Z 00763/24 de fecha 07/06/2024 computando una antigüedad  total  en el empleo de  21 años, 06 meses y 29 días de servicios, poseyendo en consecuencia, conforme a lo prescripto por la Ley 10.053 y el Decreto Ley 9650/80 (Artículo 35º), la cantidad de años de edad y la cantidad de años de servicios, que la legislación establece para acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada, viéndose este Departamento Ejecutivo facultado a aceptar su dimisión por las razones expuestas;

Que, asimismo, mediante Decreto Nº 368/24, que promulga la Ordenanza Nº 5114 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Zárate, se otorga a todo el personal mayor de 65 años, al que se dé la baja a solicitud del Municipio para acogerse a los Beneficios Jubilatorios, durante los meses de Mayo y Junio, una Bonificación No Remunerativa equivalente al 20% del Anticipo Jubilatorio, condición que cumple el agente dimitente.-

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias; 

DECRETA

ARTICULO 1º:    Acéptese a partir del  30 de Junio de 2024,  la renuncia del agente IBAÑEZ, VICTOR HUGO, D.N.I. Nº 12.903.495, CUIL Nº  20-12903495-6, Clase 1957, Legajo 7694, quien revista como personal de planta permanente,  Jurisdicción: 1110105000,  Programa: 01, Actividad: 03,  Categoría: Técnico Clase I”A”; para acogerse a los beneficios de la jubilación por edad avanzada, conforme a la Certificación de Servicios Prestados.-

ARTICULO 2º: La Secretaría de Economía,  arbitrará las  providencias necesarias para que el agente dimitente perciba los haberes, sueldo anual complementario, retribución especial que corresponda, como así también, como adelanto de su jubilación el importe correspondiente al Treinta y Siete, Seis  por ciento  ( 37.6 %) de su remuneración mensual que establece el artículo 72 inciso f) de la Ley Provincial  14.656,  a partir del cese, con imputación a Jurisdicción 1110108000, Programa 01, Actividad: 00; Fuente Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal 6.2.1.1 ANTICIPO JUBILADOS; del presupuesto vigente.-

ARTICULO 3º: Otórgase al mencionado en el Artículo 1º, a partir de su cese, una Bonificación no remunerativa equivalente al Veinte por ciento (20%) en los términos de la Ordenanza 5114, promulgada por Decreto 368/2024, debiendo arbitrar la Secretaría de Economía, los medios para su percepción por el agente, con imputación a Jurisdicción 1110108000, Programa 01, Actividad 00, Fuente Financiamiento: 110-Tesoro Municipal 6.2.1.1 ANTICIPO JUBILADOS, del presupuesto vigente.-

ARTICULO 4º:   Comuníquese,  publíquese,  tomen  conocimiento  la  Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Subsecretaría de Recursos Humanos,  regístrese y  oportunamente,  archívese.-