Boletines/Campana
Decreto Nº 734/24
Campana, 31/07/2024
Expediente Municipal N° 4016-7414-2024 “Alephoo – SAAS”.
Visto
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17; la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-7414-2024; y
Considerando
Que obra Informe Circunstanciado de la Secretaría de Salud, mediante el cual manifiesta que el servicio público de prestaciones de salud, brindado por el Hospital San José, dependientes de la Municipalidad de Campana, es un servicio ininterrumpible, y para cumplir adecuadamente con la prestación de dicho servicio público, es necesaria la provisión permanente de determinados insumos indispensables, entre ellos, la contratación del servicio “Alephoo – SAAS”, con la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Delta.
Que, durante los meses de enero a junio de 2024, la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Delta, prestó servicios en el Hospital Municipal San José.
Que el monto total adeudado asciende a la suma de PESOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 CENTAVOS ($ 15.882.480,00), IVA incluido.
Que obra la Solicitud de Pedido Nº 3-2450-912.
Que la Dirección de Compras, toma conocimiento de las actuaciones.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal toma conocimiento de las actuaciones, ratificando la imputación presupuestaria para la erogación que se pretende realizar e informando asimismo que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente, pero la misma podrá llevarse a cabo, transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática sugerida, de economías realizadas dentro de la misma Secretaría o bien de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente en sus Artículos N° 8 y N° 9.
Que luce Solicitud de Gastos N° 0-3974.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a la categoría programática ya mencionada de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto Vigente.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento y manifiesta que no tendrá objeciones económicas ni financieras que formular una vez transferido el crédito presupuestario a la categoría programática ya mencionada de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.
Que la Jefatura de Gabinete interviene dando continuidad al trámite.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo N° 1 de la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Reconócese el pago de la suma de PESOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 CENTAVOS ($ 15.882.480,00), IVA incluido, a favor de la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Delta, C.U.IT 3054667116-6, por los servicios de “Alephoo – SAAS” correspondientes al período de enero a junio del año 2024, en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-7414-2024.-
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a pagar a la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Delta, C.U.IT 30-54667116-6, el importe mencionado en el artículo anterior, debiendo emitirse por Secretaría de Economía y Hacienda, y por intermedio de las dependencias que correspondan, las solicitudes y órdenes correspondientes a su efectivización.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° se tomarán de la Jurisdicción 1110105000, “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 01.01 “Gestión Sec. De Salud”, Partida Presupuestaria 3.4.6 “De informática y Sistemas Computarizados”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2024.-
ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Salud, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, y archívese.-