Boletines/Campana

Decreto Nº703/24

Decreto Nº 703/24

Campana, 23/07/2024

EX-2024-00056827-MUNICAM-SMESA#DGAA

Visto

El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); La Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y sus modificatorios, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente; en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el EX-2024-00056827-MUNICAM-SMESA#DGAA; y

Considerando

Que obra fotocopia del Acta de defunción del Sr. Ángel Damián BASTIDA, de la que se desprende que ha fallecido el 27 de mayo de 2024, a las 09.30 horas.

Que según informa la Dirección General de Recursos Humanos, el Sr. BASTIDA revistaba en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Artístico II (Ejecutante de Banda) - Clase II-, con cuatro (4) ensayos y cuatro (4) actuaciones mensuales en las oportunidades en que el Municipio determine, en la Banda de Música Municipal del Partido de Campana, dependiente de la Dirección de Cultura, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete.

Que, como consecuencia de lo expuesto, existen haberes pendientes de cobro en este Municipio.

Que el Sr. Ángel Uriel BASTIDA y la Sra. Daiana Lujan COPPA, en representación de la menor Mia Isabella BASTIDA, solicitan el pago de los haberes pendientes, acompañando documentación a fin de acreditar los vínculos con el Sr. BASTIDA, para el cobro de los mismos, en función con lo descripto en artículo 29 de la Ley Provincial Nº10.430.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo por el cual se efectivice la baja por fallecimiento del Sr. BASTIDA, según lo dispuesto por el artículo 64 inciso c) del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dáse de baja con retroactividad al momento de su fallecimiento, acaecido el día el 27 de mayo de 2024, al Sr. Angel Damián BASTIDA (D.N.I. N° 28.716.493 – Clase - 1981), legajo personal N° 20317, quien revistaba en la Planta Temporaria  de  Personal,  como “Personal  Mensualizado”,  Artístico  II  (Ejecutante  de Banda) - Clase II-, con cuatro (4) ensayos y cuatro (4) actuaciones mensuales en las oportunidades en que el Municipio determine, en la Banda de Música Municipal del Partido de Campana, dependiente de la Dirección de Cultura, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, según lo dispuesto por el artículo 64 inciso c) del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-

ARTÍCULO 2º.- Háganse efectivos, a los derecho habientes Sr. Angel Uriel BASTIDA (D.N.I  N° 44.049.153) y la Sra. Daiana Lujan COPPA (D.N.I. N° 35.405.534), en representación de la menor Mia Isabella BASTIDA (D.N.I. N°57.635.885), los haberes que éste tenga pendientes de cobro en este Municipio.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, y archívese.-