Boletines/Campana
Decreto Nº 698/24
Campana, 19/07/2024
Expediente Municipal N° 4016-5489-2024 “Reforma Edilicia C.I.M.O.P.U”.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ley Provincial N° 14.812, prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, el Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024, y el Expediente Municipal Nº 4016-5489-2024; y
Considerando
Que obra Informe Circunstanciado mediante el cual la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana propicia las actuaciones para la obra “Reforma Edilicia C.I.M.O.P.U”, manifestando la imperiosa necesidad de proceder a la reforma y ampliación de los 3 baños que posee el edificio para el uso de personal.
Que obra Memoria Descriptiva, Planilla de Presupuesto y Requerimientos Técnicos, respectivamente, adjuntos por la Dirección General de Obras y Arquitectura dependiente de la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen manifestando que las actuaciones podrían efectuarse bajo el amparo de la Ley Provincial N°14.812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480.
Que la Dirección de Compras toma conocimiento de las actuaciones, y sugiere que la contratación directa se realice en virtud de la Ley Provincial N° 14.812, prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480 que declara la Emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal interviene y sugiere la imputación presupuestaria para la erogación que se pretende realizar, informando asimismo que el crédito presupuestario resulta insuficiente, pero la misma podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática mencionada de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a la estructura programática de economías realizadas dentro de la misma Secretaría mencionada por la Dirección de Presupuesto, o bien de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento, e informa que a la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente, pero la erogación podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática mencionada de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.
Que luce Solicitud de Pedido Nº 3-4490-235, por la suma de Pesos Veintiséis Millones Sesenta y Cinco Mil Ochocientos Cuatro con 80/100 centavos ($ 26.065.804,80.-).
Que luce Solicitud de Gasto N° 0-2702.
Que luce adjunta Planilla Especificativa de las Firmas Invitadas a Cotizar y las invitaciones con sus respectivas firmas.
Que obra documentación y ofertas presentadas por los proveedores H.P.E.J CONSTRUCCIONES S.R.L y PRISMA CONSTRUCTORA S.R.L, respectivamente.
Que luce Acta de Apertura de fecha 07 de junio de 2024, dejando constancia que se presentaron las siguientes ofertas: Oferta 1– H.P.E.J CONSTRUCCIONES S.R.L cotiza la suma total de Pesos Treinta y Dos Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Setenta y Siete con 00/100 centavos ($ 32.885.077,00.-)-; Oferta 2– PRISMA CONSTRUCTORA S.R.L.: cotiza la suma total de Treinta Millones Seiscientos Veintinueve Mil Setecientos Cincuenta y Ocho con 00/100 centavos ($ 30.629.758,00.-).
Que luce Cuadro Comparativo de Ofertas emitido por la Dirección de Compras.
Que la Dirección de Compras informa que los precios cotizados se ajustan a los valores vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios y que ambas ofertas superan el valor del Presupuesto Oficial.
Que luce Informe Técnico de la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana donde informa que, los oferentes cumplen con las especificaciones solicitadas, por lo que no poseen objeciones que realizar, además, teniendo en cuenta que los precios son los corrientes en el mercado, sugiere adjudicar a la oferta económica de menor valor, considerando la ampliación de la Solicitud de Gasto N° 0-2702.
Que la Dirección de Compras habiendo tomado conocimiento informa que, la oferta más económica está dada por la empresa PRISMA CONSTRUCTORA S.R.L (C.U.I.T N° 30-71429017-3), por la suma total de Pesos Treinta Millones Seiscientos Veintinueve Mil Setecientos Cincuenta y Ocho con 00/100 ($ 30.629.758,00.-) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
Que obra Ajuste de Preventiva 9-000023 por la suma de Pesos Cuatro Millones Quinientos Sesenta y Tres Mil Novecientos Cincuenta y Tres con 20/100 centavos ($ 4.563.953,20.-).
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento ratificando lo informado a fs. 37.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento ratificando lo informado a fs. 38.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v) y N° 0007BIS/2024.
Por ello,
LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa a la empresa PRISMA CONSTRUCTORA S.R.L (C.U.I.T N° 30-71429017-3) con domicilio en calle Arenales N° 675 de la Ciudad de Campana, para la obra: “Reforma Edilicia C.I.M.O.P.U” , por la suma total de Pesos Treinta Millones Seiscientos Veintinueve Mil Setecientos Cincuenta y Ocho con 00/100 centavos ($ 30.629.758,00.-) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) en el marco de la Ley Provincial N° 14.812, prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480 que declara la Emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y conforme Requerimientos Técnicos, Memoria Descriptiva, Planilla de Cómputo y Presupuesto y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-54892024.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110114000 “Secretaría de Prevención Ciudadana”, Categoría Programática 17 “CI.MO.PU”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.3.1 “Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Secretaría de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Seguridad y Prevención Ciudadana y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-