Boletines/Campana
Decreto Nº 693/24
Campana, 18/07/2024
EX-2024-00047500-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Sra. Florencia Marlene BARBOZA.
Visto
El Decreto Ley N° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/15; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos N° 184/22 (t.v.), N° 1779/24 del Honorable Concejo Deliberante, N° 0007BIS/24, y el EX-2024-00047500-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que obra formulario de Incorporación de Personal donde la Secretaría de Salud solicita la designación de la Sra. Florencia Marlene BARBOZA y otorgarle el “Adicional por Título”, como también, el “Adicional por Horarios Especiales” por cumplir horarios o turnos rotativos, de la modalidad de 6 X 2 (mañana, tarde y noche).
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Sra. BARBOZA cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales (C.C.T.M). Asimismo, comunica que la Sra. BARBOZA puede ser designada desde el día 21 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Técnica Administrativa VII (Administrativa) - Clase VII – Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento de Enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaria de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, otorgándole el “Adicional por Título” y el “Adicional por Horarios Especiales”, consistentes en el cinco por ciento (5%) y en el diez por ciento (10%) respectivamente, cada una del sueldo básico, con carácter mensual.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo afectando presupuestariamente la erogación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto Ley N° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº 008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal; y la Secretaría de Modernización.
Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1779/24 del Honorable Concejo Deliberante.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar de acuerdo de lo estipulado a los Decretos N° 184/22 (t.v) y N° 0007BIS/24.
Por ello,
LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Sra. Florencia Marlene BARBOZA (D.N.I. 38.997.027), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Técnica Administrativa VII (Administrativa) - Clase VII - Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento de Enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaria de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al día 21 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive. No obstante, y antes de la fecha de conclusión indicada anteriormente, cuando razones de servicio así lo aconsejen éste podrá ser dado de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 43 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales (C.C.T.M). -
ARTÍCULO 2º.- Establécese que el nombramiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 21 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales (C.C.T.M). -
ARTÍCULO 3º.- Otórgase a la Sra. Florencia Marlene BARBOZA, el “Adicional por Título”, consistente en el cinco por ciento (5%) del sueldo básico, con carácter mensual, y el “Adicional por Horarios Especiales”, que consiste en el diez por ciento (10%) del sueldo básico, con carácter mensual. Ambos Adicionales se encuentran contemplados en el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales (C.C.T.M). -
ARTÍCULO 4º.- Dispónese que los Adicionales acordados en el artículo 3° rigen con retroactividad al día 21 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejados sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión. -
ARTÍCULO 5º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110105000 – “Secretaría de Salud”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024. -
ARTÍCULO 6º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Secretaría de Economía y Hacienda; y por el Señor Jefe de Gabinete. -
ARTÍCULO 7º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese. -