Boletines/Campana
Decreto Nº 692/24
Campana, 18/07/2024
EX-2024-00047492-MUNICAM-SMESA#DGAA Reconocimiento de Servicios Angela Joana Lugo.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante, los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024 y el EX-2024-00047492-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que la Secretaría de Salud solicitó el reconocimiento de los servicios prestados por parte de la Srta. Angela Joana LUGO y que asimismo se le reconociera el otorgamiento del “Adicional por Título” y el “Adicional por Horarios Especiales” por cumplir horarios o turnos rotativos, de la modalidad de 6 X 2 (mañana, tarde y noche).
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Srta. LUGO cumplió con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.
Que asimismo comunica que la Srta. LUGO pueden serles reconocidos los servicios prestados por el periodo desde el 3 de junio de 2024 y hasta el 24 de junio del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Técnica Administrativa VII (Administrativa) - Clase VII – Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaria de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete y reconocerle el “Adicional por Horarios Especiales”, y el “Adicional por Título” consistentes en el diez por ciento (10%) y cinco por ciento (5%) respectivamente, cada una del sueldo básico, con carácter mensual.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.
Por ello,
LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Reconócense los servicios brindados por la Srta. Angela Joana LUGO (D.N.I. 38.084.693), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Técnica Administrativa VII (Administrativa) - Clase VII – Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaria de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, por el periodo con retroactividad al 3 de junio de 2024 y hasta el 24 de junio del mismo año inclusive.-
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el reconocimiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 21 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-
ARTÍCULO 3º.- Reconócese a la Srta. Angela Joana LUGO, el “Adicional por Horarios Especiales”, que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el diez por ciento (10%) del sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 4º.- Reconócese a la Srta. Angela Joana LUGO, el “Adicional por Titulo”, que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el cinco por ciento (5%) del sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 5°.- Establecese que los adicionales acordados en los artículos 3° y 4° rigen con retroactividad al 3 de junio de 2024, pudiendo ser dejadas sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión.-
ARTÍCULO 6º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto fueron tomados de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 7°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Secretaría de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-