Boletines/Campana

Decreto Nº681/24

Decreto Nº 681/24

Campana, 17/07/2024

Expediente Municipal N°4016-894-0-2023 - Contratación de Locación de Servicios Médicos- Dr. INSUA

Visto

El Decreto Ley N° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha Ley N° 14.656, y convalidados por Ordenanza N°6412/15; la Ordenanza Nº6613 promulgada por el Decreto Nº537/17; la Resolución Conjunta Nº008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 184/22 (t.v.) y N° 1779/24 del Honorable Concejo Deliberante; el Expediente Municipal N°4016-894-0-2023, y

Considerando

Que el Servicio Público de prestación de Salud, brindado por la Unidad Hospitalaria Municipal San José de la Ciudad de Campana, es un servicio imprescindible e interrumpible, que funciona las 24 horas del día, los 365 días del año.

Que mediante el Decreto N° 0001BIS/24, se aprobó la contratación del Dr. Fernando Exequiel INSUA (DNI. 36.568.195), por los servicios locados en dicho Hospital.

Que luce el contrato con el profesional, el cual se aproxima a vencer.

Que luce Informe de la Secretaría de Salud en el cual se pretende celebrar una nueva contratación con el Dr. Insua.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que no existe dentro de la estructura orgánica, tanto en la planta permanente como temporaria, personal de la índole requerida que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.

Que se encuentra adjunta la Solicitud de Alta de Proveedor para el segundo semestre del año 2024.

Que la Dirección de Compras informa no poseer objeciones al respecto.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria. Asimismo, adjunta el “Estado de ejecución del Presupuesto de Gastos” para el ejercicio 2024, donde se verifica el crédito presupuestario suficiente para la erogación que se pretende realizar.

Que la Contaduría Municipal cumple en informar que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda expresa que no posee objeciones económicas ni financieras al respecto.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que resulta necesario proceder a la suscripción del correspondiente Contrato de Locación de Servicios.                               

Que el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), en  los  términos de  la Ordenanza  Nº6613  promulgada por  el Decreto  Nº537/17,  y  de acuerdo a lo contemplado en el artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, y la Secretaría de Modernización.

Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1779/24 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°184/22 (t.v.).

Por ello,

 LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:

ARTICULO 1º.- Apruebase la Contratación de los Servicios Locación del Dr. Fernando Exequiel INSUA (DNI 36.568.195), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al día 01 de julio de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, inclusive, en concepto de Realización de Informes en el Servicio de Diagnóstico por Imágenes de la Unidad Hospitalaria San José, por la suma  de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 CENTAVOS ($2.250,00.-), IVA incluido, por cada informe elaborado, siendo el monto total de prestación de servicios de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 CENTAVOS ($4.320.000,00.-), IVA INCLUIDO; dicho monto podrá ser ampliado por acuerdo expreso de ambas partes, como la opción de prórroga de contrato. -

ARTÍCULO 2º.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud la confección del Contrato de Locación de Servicios Médicos a suscribirse con el Dr. Fernando Exequiel INSUA (DNI  36.568.195). –

ARTÍCULO 3º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomará de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.14 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2024. -

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Salud, y por el Señor Jefe de Gabinete. -

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese. -