Boletines/Campana

Decreto Nº671/24

Decreto Nº 671/24

Campana, 16/07/2024

EX-2024-00046711-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Srta. María Victoria COMAR.

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; el Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y el EX-2024-00046711-MUNICAM-SMESA#DGAA; y

Considerando

Que el Intendente Municipal solicita la designación de la Srta. María Victoria COMAR y que se le otorgue el “Adicional por Título”, el “Adicional por Función Específica” y el “Adicional por Actividad Exclusiva”.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Srta. COMAR cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Provincial N° 14.656.

Que a su vez comunica que la Srta. COMAR puede ser designada desde  el 02 de mayo de 2024 y hasta  el 31 de diciembre del  mismo año inclusive, en la Planta Temporaria  de Personal como “Personal Mensualizado”, Técnico Administrativo

 

/..

/..

 

VII (Administrativa) - Clase VII - Personal Técnico Administrativo, con 39 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de Asuntos Políticos, Intendente Municipal, otorgándole el “Adicional por Título”, el “Adicional por Función Específica” y el “Adicional por Actividad Exclusiva”, consistentes en el cinco por ciento (5%), veinte por ciento (20%) y cien por ciento (100%), respectivamente de su sueldo básico con carácter mensual.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello,

 LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Srta. María Victoria COMAR (D.N.I. 38.570.265), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Técnico Administrativo VII (Administrativa) - Clase VII - Personal Técnico Administrativo, con39 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de Asuntos Políticos, Intendente Municipal, con retroactividad al 02 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive. No obstante, y antes de la fecha de conclusión indicada anteriormente, cuando razones de servicio así lo aconsejen éste podrá ser dado de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 118 de la Ley N° 14.656.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que el nombramiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656.-

ARTÍCULO 3º.- Otórgase a la Srta. María Victoria COMAR, el “Adicional por Título” que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el cinco por ciento (5%) del sueldo básico, con carácter mensual.- 

ARTÍCULO 4º.- Otórgase a la Srta. María Victoria COMAR, el “Adicional por Función Específica” que contempla el Anexo IV del Decreto – 2018 - 572, consistente en el veinte por ciento (20%) del sueldo básico, con carácter mensual.-

ARTÍCULO 5º.- - Otórgase a la Srta. María Victoria COMAR, el “Adicional por Actividad Exclusiva” que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el cien por ciento (100%) del sueldo básico, con carácter mensual.-

ARTÍCULO 6º.- Dispónese que los Adicionales acordados en los artículos 3°, 4° y 5° rigen con retroactividad al 02 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejados sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión, en cada caso.-

ARTÍCULO 7º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110110000 – Intendente Municipal, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 8º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Secretaría de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 9º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-