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Decreto Nº668/24

Decreto Nº 668/24

Campana, 16/07/2024

EX-2024-00047525-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación de la Dra. Anna Paula ALVES MOREIRA

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; el Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y el EX-2024-00047525-MUNICAM-SMESA#DGAA; y

Considerando

Que la Secretaría de Salud solicita la designación de la Dra. Anna Paula ALVES MOREIRA y que se le otorgue la “Bonificación Especial para Médicos de Guardia” y la “Bonificación por Función para Médicos de Guardia”.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Dra. ALVES MOREIRA cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Provincial N° 14.656.

Que a su vez comunica que la Dra. ALVES MOREIRA puede ser designada desde el 27 de abril de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, “Personal Mensualizado”, como Médico de Guardia, Grado Asistente, Personal Profesional de la Salud, con 36 horas semanales, dependiente  de  la Sala de Emergentología Adultos, Servicio de Emergentología, Dirección Médica Asociada de la Unidad Hospitalaria San  José, Subsecretaría de Salud, Secretaría  de Salud, Secretaría General de  Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, otorgándole la “Bonificación Especial para Médicos de Guardia” y la “Bonificación por Función para Médicos de Guardia”, consistentes en el doscientos diez por ciento (210%) y en el sesenta por ciento (60%) respectivamente, cada una del sueldo básico, con carácter mensual.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.

Que la afectación de fondos cuenta con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello,                    

 LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Dra. Anna Paula ALVES MOREIRA (D.N.I. 94.936.542),  en  la  Planta  Temporaria  de  Personal,  “Personal  Mensualizado”,  como Médico de Guardia, Grado Asistente, Personal Profesional de la Salud, con 36 horas semanales, dependiente de la Sala de Emergentología Adultos, Servicio de Emergentología, Dirección Médica Asociada de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 27 de abril de 2024 y hasta el 31 de  diciembre del mismo año  inclusive. No obstante,  y antes de la fecha  de  conclusión indicada anteriormente, cuando razones de servicio así lo aconsejen éste podrá ser dado de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 118 de la Ley N° 14.656.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que el nombramiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656.-

ARTÍCULO 3º.- Otórgase a la Dra. Anna Paula ALVES MOREIRA, la “Bonificación Especial para Médicos de Guardia” consistente en el doscientos diez por ciento (210%) del respectivo sueldo básico, con carácter mensual, en virtud de lo contemplado en el Artículo 2 del Decreto N° 455/23.-

ARTÍCULO 4º.- Otórgase a la Dra. Anna Paula ALVES MOREIRA, la “Bonificación por Función para Médicos de Guardia” consistente en el sesenta por ciento (60%) del respectivo sueldo básico, con carácter mensual, en virtud de lo contemplado en el Artículo 2 del Decreto N° 455/23.-

ARTÍCULO 5º.- Dispónese que las Bonificaciones acordadas en el artículo 3° y 4° rigen con retroactividad al 27 de abril de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejado sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión, en cada caso.-

ARTÍCULO 6º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-

ARTÍCULO 7º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Secretaría de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 8º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-