Boletines/Campana
Decreto Nº 633/24
Campana, 04/07/2024
Expediente Municipal N° 4016- 24438-2022 "Construcción Muro Perimetral para Caballería"
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017, el Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022, el Expediente Municipal Nº 4016-24438-0-2022, Alcance 1; y
Considerando
Que obran los antecedentes de la Licitación Privada N° 17/2022 para la realización de la obra “Construcción Muro Perimetral para Caballería” de la Ciudad de Campana, adjudicada a la firma CENTRO DE LUBRICANTES CAMPANA S.R.L., conforme surge del DECTO-2022-910-E-MUNICAM-INT, de fecha 19 de octubre de 2022.
Que se incorpora Orden de Compra Nº 3722.
Que se encuentra agregado Registro de Compromiso Nº 7619.
Que consta copia del contrato suscripto entre la Municipalidad de Campana y la empresa CENTRO DE LUBRICANTES CAMPANA S.R.L.
Que lucen copia de la Póliza de Seguro de Caución – Garantía de Ejecución de Contrato N° 164.823; y de la Póliza de Seguro de Caución – Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo N° 164.821.
Que consta Acta de Inicio de Obra emitida por la Municipalidad de Campana, de fecha 07 de diciembre de 2022.
Que consta Acta de Recepción Provisoria de Obra emitida por la Municipalidad de Campana, de fecha 06 de enero de 2023.
Que se agrega Acta de Recepción Definitiva de Obra por la Municipalidad de Campana, de fecha 06 de enero de 2024.
Que luce agregada nota por medio de la cual la contratista CENTRO DE LUBRICANTES CAMPANA S.R.L. solicita se proceda a la devolución de las Pólizas de Garantía de Ejecución de Contrato y Sustitución de Fondo de Reparos, de la obra “Construcción Muro Perimetral para Caballería”.
Que la Subsecretaría de Planeamiento y Obras toma conocimiento de las actuaciones, sin objeciones que formular.
Que la Contaduría Municipal informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras al respecto.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.)
Por ello,
LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta de Recepción Definitiva de la obra “Construcción Muro Perimetral para Caballería” de la Ciudad de Campana, tramitada mediante Licitación Privada N° 17/2022, adjudicada a la firma CENTRO DE LUBRICANTES CAMPANA S.R.L. (C.U.I.T. 30-70826329-6), en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-24438-0-2022, Alc 1.-
ARTÍCULO 2º.- Procédase a la devolución de las Pólizas de Garantía de Ejecución de Contrato N° 164.823 y de Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo N° 164.821, de la aseguradora Crédito y Caución S.A., Compañía de Seguros, respectivamente.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-