Boletines/Campana
Decreto Nº 627/24
Campana, 02/07/2024
Expediente Municipal 4016-7229-2024
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); La Ley Provincial N° 14812 y 15480; la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017; el Decreto N° 1779/2024 del Honorable Concejo Deliberante, la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v.) de la Secretaria Técnica Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v) y el Expediente Municipal 4016-72292024; y
Considerando
Que por Expediente Municipal 4016-7229-2024 tramita la realización de un nuevo estudio de desarrollo del distribuidor Ruta Nacional N° 9 y Avenida 6 de Julio (Intersección Acceso Norte Ramal Campana Km 73.5).
Que en los últimos años se ha producido un importante crecimiento en las zonas aledañas al distribuidor de Ruta Nacional N° 9 y Avenida 6 de julio .Km 73,5 del Ramal Campana de Autopistas del Sol.
Que esta situación se ve reflejada en el incremento de la demanda vehicular en la intersección del cruce de las rutas antes mencionadas y que hoy tiene un tránsito que ha superado la capacidad actual.
Que lo dicho, pone en riesgo la seguridad vial de la zona, y es por ello que surge la necesidad de dar solución a esta problemática, la cual ocasiona grandes demoras en las horas pico, y conlleva complicaciones a la transitabilidad de los peatones, y a las condiciones generales de seguridad vial.
Que es por ello que resulta necesario realizar modificaciones en el distribuidor en cuestión, para ello se necesita profundizar los estudio que se vienen realizando con miras de concretar la obra que resuelva el tema planteado y logre mejores sustantivas de la capacidad vial del sector y que pueda dar ordenamiento al tránsito circulante.
Que es por ello, que la Jefatura de Gabinete promueve la presente contratación.
Que visto la necesidad de llevar a cabo los estudios y proyectos en cuestión, resulta procedente la contratación técnica bajo el amparo de la Ley Provincial N° 14812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15480 que declara la emergencia en infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos.
Que obra propuesta técnico – económica presentada por el Ingeniero Gabriel C. Rossi de la empresa IngeAr.
Que la Dirección de Compras interviene.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal informa la partida presupuestaria.
Que la Contaduría municipal toma conocimiento e informa que no tiene objeciones de carácter contable que formular.
Que toma conocimiento la Secretaría de Economía y Hacienda y manifiesta que no tiene objeciones de carácter económico-financiera.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que, en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto 1779/2024 del Honorable Concejo Delibrante y el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
LA SEÑORA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la contratación directa en el marco de la Emergencia en infraestructura, Hábitat, Vivienda y Servicios Públicos declarada por la Ley Provincial N° 14812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15480; con el proveedor municipal Ingeniero Gabriel Carlos Rossi Martinez (D.N.I. 21.114.575), (CUIT 2021.114.575-8), Proveedor Municipal N° 3200; para la realización del estudio y proyecto de construcción del distribuidor Ruta Nacional N° 9 y Avenida 6 de Julio (Intersección Acceso Norte Ramal Campana Km 73.5), por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS ($33.500.000,00.-) y en un todo de acuerdo al Expediente Municipal N° 4016-7229-2024.-
ARTÍCULO 2°.- Establecese que previo a autorizar los pagos a realizar con motivo de lo establecido en el artículo 1° del presente, deberán tramitarse las respectivas solicitudes de pedido y gasto; debiendo la Secretaría de Economía y Hacienda, y por su intermedio de las dependencias que correspondan efectuar las tramitaciones correspondientes para su efectivización.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° se tomarán de la Jurisdicción 1110112000, “Secretaría de Gabinete”, Categoría Programática 01.01 “Gestión a Sec. de Gabinete”, Partida Presupuestaria 3.4.1 “Estudios, Investigaciones y Proyectos de Factibilidad”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2024.-
ARTÍCULO 4°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y, el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-