Boletines/Adolfo Alsina

Ordenanza Nº4908

Ordenanza Nº 4908

Adolfo Alsina, 23/05/2024

La solicitud formulada por el Presidente del Club Deportivo Sarmiento de Carhué, que diera origen al Expediente Nº: 4001-0711/24, para que se autorice la eximición del pago del visado de plano de Mensura que Pretende Prescribir de un inmueble cuyos datos catastrales resultan ser Circunscripción I, Sección B, Manzana 126, Parcela 2 A, Partida Inmobiliaria Nº 2086.-

Que a fojas 2/4 se adjunta plano de mensura que se pretende prescribir.-

Que a fojas 10 se adjunta certificado extendido por la Municipalidad de Adolfo Alsina, acreditando a la Institución como Entidad de Bien Público.-

Que a fojas 11 de las actuaciones, el Agrimensor Municipal expresa que de acuerdo a Ordenanza vigente, la tasa por el visado del plano, asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON TREINTA CENTAVOS ($ 161.955,30). Y;

CONSIDERANDO: Lo dispuesto en el Artículo 236 de la Ordenanza Fiscal Nº 4881/23 "Podrán ser eximidos del pago de la Contribución al Desarrollo Urbano establecida en este capítulo, el Estado Nacional y Provincial, y las Instituciones reconocidas como de Bien Público, cuando realicen ampliaciones destinadas a prestar un mejor servicio.- A tal efecto estudiará caso por caso, la Autoridad de Aplicación estudiará la procedencia de la exención solicitada y emitirá su recomendación, la cual deberá ser analizada y tratada por el Honorable Concejo Deliberante en todos los casos." Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a eximir al Club Deportivo Sarmiento de Carhué del pago del visado del plano de Mensura que Pretende Prescribir correspondiente al inmueble cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, Sección B, Manzana 126, Parcela 2 A, Partida Nº 2086.-

Artículo 2°.- Notifíquese fehacientemente de lo dispuesto en el Artículo anterior, a la Institución solicitante.-

Artículo 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADO Y SELLADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, Ana Clara URIBE ECHEVARRÍA – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”