Boletines/Bolivar
Decreto Nº 669
Bolivar, 29/04/2024
Visto
El Acta de Compromiso celebrada entre el Sr. Manuel Agustín Andrade, representante de la Coordinación General del Programa Coros y Orquestas dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bolívar, representada por el Sr. Marcos Emilio Pisano, Intendente Municipal y la presentación realizada por el Director de Cultura de la Municipalidad de Bolívar, y;
Considerando
Que la Asociación Civil PADRES POR LA ORQUESTA cumple un importante rol en la sociedad, representando los intereses y aspiraciones de quienes integran la asociación, dedicados a la Orquesta;
Que la entidad ofrece el acceso al conocimiento y la producción musical a través de una propuesta metodológica innovadora basada en la práctica orquestal;
Que desarrolla actividades sin fines de lucro, llevadas a cabo por profesionales habilitados y/o personal idóneo en su tarea, con el mero propósito de contribuir al futuro de nuestros niños y adolescentes, y en particular a aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeducativo;
Que los gastos habituales y fijos no pueden ser cubiertos en su totalidad por los ingresos propios de dicha entidad;
Que en cumplimiento con el acta de compromiso celebrado, en el marco de continuidad de la Orquesta Escuela de nuestra ciudad, la Municipalidad se ha comprometido a realizar un aporte económico para poder ayudar a este tipo de instituciones;
Que la presente medida se adopta con arreglo a lo normado en el Art. 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Contaduría Municipal a abonar la suma de pesos trescientos cincuenta mil con 00/100 ($350.000,00) a la Asociación Civil PADRES POR LA ORQUESTA, CUIT 30-71523181-2, correspondiente al mes de mayo del corriente año, con cargo de rendición.
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a: Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Programa 27 – Promoción y Difusión de la Cultura – 06 Programa Orquesta Escuela, del Presupuesto de Gastos Vigente.
Artículo 3º: Tomen conocimiento Secretaria de Gobierno, Dirección de Cultura, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.-
Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dése al libro de Decretos y Cumplidos los trámites de estilo, archívese.