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Decreto Nº663

Decreto Nº 663

Bolivar, 29/04/2024

Visto

La nota presentada por la Secretaria Letrada del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Bolívar, y;

 

Considerando

Que en la misma solicita se expida orden de pago y cheque a nombre de la Dra. DEBORA LUIS, por la suma de pesos cien mil con 00/100 ($100.000,00), a los efectos de efectivizar el pago de ocho (8) Bonos de Derecho Fijo -Ley 8480- y el diez por ciento (10%) de ocho (8) Anticipos Previsionales, con el objetivo de iniciar juicios de apremios en los que el Juzgado de Faltas Municipal es parte actora, con cargo de informar rendición acreditando el pago de los mencionados ítems;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1°: Autorízase a Contaduría Municipal a abonar los gastos  mencionados en el considerando del presente decreto a nombre de la Dra. Débora Luis, por la suma de pesos cien mil con 00/100 ($100.000,00), a los efectos de efectivizar el pago de ocho (8) Bonos de Derecho Fijo -Ley 8480- y el diez por ciento (10%) de ocho (8) Anticipos Previsionales, con el objetivo de iniciar juicios de apremios en los que el Juzgado de Faltas Municipal es parte actora, con cargo de informar rendición acreditando el pago de los mencionados ítems.

Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1° será imputado a: Jurisdicción: 1110114000 –Juzgado de Faltas – Programa: 01 –del Presupuesto de gastos vigente.

Artículo 3º: Tomen conocimiento Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto N° 2485-23.

Artículo 5º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.