Boletines/Bolivar
Decreto Nº 650
Bolivar, 26/04/2024
Visto
La nota elevada por el Jefe de Odontopediatría de la Municipalidad de Bolívar, y;
Considerando
Que de acuerdo a los distintos programas del Detalle de Sueldos Individuales, es necesario reubicar a los agentes según la tarea específica que realizan;
Que el agente FERNANDEZ GRISELDA BEATRIZ, Legajo 2288, se encontraba realizando tareas en el Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni, pasando a desempeñar tareas en el área de Odontopediatría y Ortodoncia y en CIC de Barrio Zorzales;
Que en esta instancia, es menester introducir modificaciones en la distribución de cargos aprobados;
Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1°: Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2024, las transferencias de cargos, según el detalle que figura en la planilla que como Anexo Único, forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2º: Modificar, en virtud de lo dispuesto por el artículo precedente, el Resumen del Número de Cargos, correspondiente a Jurisdicción: Secretaria de Espacios Públicos y Ambiente – Subjurisdicción: Servicios Urbanos Bolívar, del Presupuesto General Ejercicio 2024 – Formulario N° 6, de acuerdo al siguiente detalle:
DISMINUCIÓN
SECRETARIA DE SALUD.
Categoría Programática: 16.00.00 – Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni.
Planta Permanente.
Personal Administrativo: Categoría 06.
AMPLIACIÓN
SECRETARIA DE SALUD.
Categoría Programática: 20.00.00 – Centro de Odontopediatría y Ortodoncia.
Planta Permanente.
Personal Administrativo: Categoría 06.
Articulo 3º: Reubíquese, a partir del 22º de Abril de 2024, al agente FERNANDEZ GRISELDA BEATRIZ, DNI 20.834.052, Legajo 2288, Clase 1969 para desempeñar tareas en Odontopediatría y , con un régimen de 48 horas semanales de labor.
Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º será imputado a - JURISDICCION: 1110105000 – PROGRAMA: 20.00.00 – Centro de Odontopediatría y Ortodoncia.
Artículo 5º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la agente Fernandez Griselda Beatriz en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 6º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 7º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto 2485-23 y por la Secretaria de Salud.-
Artículo 8º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.
ANEXO I
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