Boletines/Bolivar

Decreto Nº638

Decreto Nº 638

Bolivar, 26/04/2024

Visto

La nota elevada por la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bolívar, y;

Considerando

Que en la misma, solicita se establezca la ampliación del régimen horario del agente LOPEZ HECTOR ENRIQUE, Legajo 183, quien actualmente cumple con un régimen de 36 hs semanales, y pasara a desempeñarse con un régimen de 48 hs semanales de labor;

Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Ampliase a partir del 1° de ABRIL de 2024, el régimen horario del agente LOPEZ HECTOR ENRIQUE, DNI 17.776.316, Clase 1966, Legajo 183, a 48 hs semanales de labor.        

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110105000 – Programa: 16.00.00 – Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni.

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto al agente López Héctor Enrique en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto 2485-23 y por la Secretaria de Salud.-

Articulo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.