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Decreto Nº612

Decreto Nº 612

Bolivar, 23/04/2024

Visto

La nota elevada por el Director de Cultura de la Municipalidad de Bolívar, y;

Considerando

Que en la misma informa que a partir del 1º de abril de 2024, se dictara el taller de Teatro para Niños y Adolescentes, a cargo de la profesora Aramayo Belen;

Que es justo el pago de una Bonificación por el Dictado de Talleres, a fin de compensar económicamente su labor;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Abónese a partir del 01 de Abril de 2024 y hasta el 30 de abril de 2024, la Bonificación por el Dictado de Taller de Teatro para Niños y Adolescentes, a la agente Aramayo Belen, DNI 30.876.005, Legajo 3080, por el valor de 16 hs mensuales de taller.

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 2º será imputado a - JURISDICCION: 1110105000 – PROGRAMA: 17.00.00 – Hospital Municipal Juana G. de Miguens.

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la agente Aramayo Belen, en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto Nº 2485-23.

Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.